Xavier Martí Martí, nuevo director general de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares

El que era director general para Iberoamérica y el Caribe sustituye a Juan Duarte que ha sido nombrado nuevo embajador de España en México

Xavier Martí Martí.

El Gobierno ha nombrado a Xavier Martí Martí nuevo director general de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares.

Nacido en Ulldecona (Tarragona) en 1980, Martí es licenciado en Ciencias Políticas y de la Administración por la Universidad Autónoma de Barcelona e ingresó en la Carrera Diplomática en 2006.

Desde julio de 2021 hasta su nombramiento como director general de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares ha sido director general para Iberoamérica y el Caribe.

Entre junio de 2020 y julio de 2021 fue director del Gabinete de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional. Entre septiembre de 2018 y junio de 2020 dirigió el Gabinete técnico de la Subsecretaría de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

En el exterior, estuvo destinado entre 2010 y 2017 como cónsul adjunto en los consulados generales de España en Lima y Sao Paulo. De 2017 a 2018 fue segunda jefatura de la Embajada de España en Kenia y Representante Permanente Adjunto ante ONU-Hábitat.

También fue subdirector general adjunto de Asuntos de Extranjería y delegado español en el Grupo de Visados del Consejo de la Unión Europea, entre 2008 y 2010, y prestó servicios anteriormente en la División de Emergencia Consular.

Ha publicado varios artículos de temática consular y es coautor, junto al embajador Jesús Núñez Hernández, de la obra La función consular en el Derecho Español.

Juan Duarte en el último pleno del CGCEE celebrado en Madrid el pasado mes de junio.

Xavier Martí sustituye a Juan Duarte que ha sido nombrado nuevo embajador de España en México, reemplazando en el cargo a Juan López-Dóriga Pérez.

Por otra parte, Enrique Erik Yturriaga Saldanha será el nuevo director general para Iberoamérica y el Caribe.

Estos nombramientos fueron aprobados en la reunión del Consejo de Ministros del pasado 30 de agosto y se publicaron en el Boletín Oficial del Estado del día 31 de agosto.

8 comentarios en “Xavier Martí Martí, nuevo director general de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares

  1. Sr.Xavier Marti Muchas Felicidades por su nuevo reto. Soy miembro del Parlamento Global Hispano y me interesa poder dialogar con usted sobre el Consulado España de Puerto Rico. Se que le interesara saber sobre el particular. Gracias Saludos Cordiales

  2. Señor Xavier Martí, Director General de españoles en el exterior y de asuntos consulares, me dirijo a usted a modo de consulta en correspondencia con la aplicación de la nueva Ley de Memoria Democrática vigente y el concepto de originariamente español que aparece el supuesto 1 de la instrucción del Ministerio de Justicia. Mi madre es nieta de un español originariamente español nacido en Cuba en 1890 de padres españoles que nunca renunciaron a su nacionalidad, tenemos la partida de bautismo del nacido en Cuba que aporta muchos datos de sus padres y abuelos naturales de Canarias y un Certificado emitido por el Archivo Histórico Nacional de Cuba que dice que en 1900 por el artículo IX del Tratado de París, Mauricio Rodríguez padre del abuelo de mi madre inscribió toda su familia en dicho Registro, dónde aparece el nombre del abuelo de mi madre; pero para presentar expediente en el Consulado General de La Habana no contamos con la partida de bautismo española del padre del abuelo de mi madre. Necesito saber qué solución puede tener este caso. Atentamente, esperando su respuesta.

  3. Todos los nacidos fuera de España hijos o nietos de personas que originariamente hubieran sido españolas podrán acceder a la nacionalidad, según señala la Instrucción del Ministerio de Justicia que desarrolla la aplicación de la Disposición adicional octava (DA8ª) de la Ley de Memoria Democrática (LMD) y que se publica en el BOE del 26 de octubre de 2022.
    Justicia ha hecho una interpretación de dicha Disposición y ha ampliado el acceso a la nacionalidad no solo a los hijos y nietos de personas que a consecuencia del exilio perdieron o tuvieron que renunciar a su nacionalidad, sino a todos los hijos y nietos de españoles de origen nacidos en el extranjero.
    Esta indicación no la considera el Consulado de CHILE, es decir pasan por lo que señala Justicia. Fui con mis documentos y me dijeron NO, solo perioido 1936 a 1955

  4. RESUMEN O TEMA GENÉRICO DE LA PROPUESTA:
    Finalizar la discriminación impositiva a la emigración española.
    PROPUESTA:
    En primer lugar, que España, siguiendo las indicaciones de la Comisión Europea en su
    procedimiento iniciado contra el Estado Español en el 2019, modifique la tributación de los
    no residentes comunitarios aceptando la posibilidad de aplicar las reducciones sobre los
    rendimientos netos (que pueden alcanzar en algunos casos el 90%) obtenidos por el
    arrendamiento de viviendas. Equiparando así sus derechos a los comunitarios residentes en el
    territorio español. Esto finalizaría la discriminación que hoy por hoy sufre la colonia española
    que reside en la UE pero fuera del Estado Español.
    En segundo lugar, que España armonice la tributación de la emigración extracomunitaria
    con el resto de la ciudadanía. Y que modifique el artículo 24.6 de la ley de IRNR que
    discrimina especialmente a la emigración española residente fuera del Espacio Económico
    Europeo.
    En tercer lugar, que se adopten medidas de emergencia para proteger los derechos de la
    ciudadanía española que reside en el Reino Unido y que, tras el Brexit, han visto sus derechos
    mermados a causa de la salida del Reino Unido de la UE. A la emigración española en el
    Reino Unido se le aseguró que sus derechos seguirían intactos tras el Brexit. En el caso de
    IRNR no ha sido así, ya que la colonia española ha visto como la Agencia Tributaria ha
    incrementado la presión fiscal a este colectivo, elevando las contribuciones del 19% neto al
    24% bruto sobre sus rentas inmobiliarias en España. También sobre las rentas imputadas, es
    decir, rentas aplicadas a emigrantes con un inmueble en España que no genera rentas.
    EXPOSICION DE MOTIVOS Y ANTECEDENTES:
    Actualmente existe una doble discriminación:
    en primer lugar, a la emigración española que reside en la UE fuera del Estado Español. A
    estas personas no se les permite la posibilidad de aplicar reducciones (que pueden llegar al
    90%) sobre los rendimientos netos obtenidos en el arrendamiento de viviendas, violando así
    la libre circulación de capitales. Existe ya un expediente en este sentido de la Comisión
    Europea contra España iniciado en el 2019 que, de no resolverse, terminara en el TSJE. Esto
    ya ocurrió anteriormente con la discriminación sufrida por la emigración referente a la
    discriminación por sucesiones y donaciones que finalmente dio la razón a la parte
    discriminada.
    en segundo lugar, el; IRNR (Impuesto Sobre la Renta de No Residentes) grava de manera
    desproporcionada a la ciudadanía española que vive fuera de España y del Espacio
    Económico Europeo. Obligando a este colectivo a pagar el 24% sobre ingresos brutos sin
    posibilidad de descontar ningún gasto, ocasionando unas disparidades impositivas que en
    muchos casos llegan a ser del triple. Esto afecta especialmente a la ciudadanía española
    residente en el Reino Unido que han visto su presión fiscal elevarse mucho y de manera
    muy repentina tras el Brexit. Este colectivo ha visto como sus derechos se han menoscabado
    tras la salida del Reino Unido de la Unión Europea
    La discriminación impositiva es un incentivo para que la emigración española con inmuebles
    en España venda sus propiedades, saquen su dinero hacia los países en donde residen para
    obtener mejores condiciones fiscales y pierdan el arraigo a su tierra -al haber perdido su
    propiedad- que a veces ha estado en su familia durante generaciones. Este es un daño
    identitario irreversible y es por eso que el fin de esta discriminación es una cuestión de
    urgencia.
    ASPECTO QUE SE PRETENDE MEJORAR CON LA PROPUESTA:
    Armonizar la presión fiscal de la emigración española con la comunidad autónoma del estado
    español donde tengan su bien inmueble.
    Conservar el arraigo de la emigración y así incentivar el retorno a España con todas las
    ventajas personales y económicas que eso conlleva.
    Mantener los derechos que la ciudadanía española residente en el Reino Unido disfrutaba
    antes del Brexit y que se han visto mermados a cause de la Salida de este país de la Unión
    Europea.
    Mejorar las condiciones económicas de la ciudadanía española en el exterior para minimizar
    su vulnerabilidad.
    OTRAS CUESTIONES QUE SE CONSIDEREN DE INTERES EN RELACION CON
    LA PROPUESTA:
    Para la emigración española, es descorazonador que tenga que ser la justicia europea la que
    defienda nuestros intereses, cuando debería de ser el propio estado español, al que
    pertenecemos, el que vele por nuestro bienestar y nos cuide y facilite el retorno a nuestro país.

  5. ¿Por qué el consulado español en Cuba no está inscribiendo a los descendientes nacidos en Cuba según la Ley de Residencia Habitual del Hijo 26/2015, art 9.4 cce? Esto está causando que descendientes reales sean denegados por el estado civil materno

  6. Sr. Xavier Martí: hace meses que intento sacar una cita para renovación de pasaporte en el Consulado Español en Mdeo., Uruguay, Parece que la pagina no funciona o nunca hay números. Por mail me dicen que debo hacerlo solo por la web, una verdadera tomadura de pelo. Gracias por su atención

  7. BUENAS NOCHES ME DIRIJO A USTED DESDE CHILE HABER SI POR SU MEDIO EL CONSULADO DE ESPAÑA EN CHILE ME ENVÍA LAS NUEVAS CREDENCIALES YA QUE LAS ANTERIORES CADUCARON, DESPUÉS QUE SOLICITÉ CITA EL 19 DE NOVIEMBRE 2023 Y NUNCA ME CONFIRMARON LA CITA, Y YO LA SOLICITÉ POR CORREO VARIAS VECES NUNCA LO CONTESTARON. AHORA SI UNO LLAMA NO RESPONDEN, NO HAY CITAS PORQUE DESDE DICIEMBRE HASTA LA FECHA YO ME META A LA PÁGINA Y HAY UNA LEYENDA SOBRE LAS CITAS. YO COMO DESCENDIENTE Y ADULTA MAYOR NO QUIERO QUEDAR FUERA DE LA LEY. ADEMÁS QUE EL TIEMPO PASA RÁPIDO Y NO SE SABE SI LA LEY VA HACER EXTENDIDA POR UN AÑO MAS Y EL PRESIDENTE Y LOS DESCENDIENTES DE ESPOÑOLES LUCHAMOS PORQUÉ SALIERA ESTA LEY. Y POR LO QUE VEO QUE AL CONSULADO LE FALTA PERSONAL ESPERO QUE USTED PUEDA HACER ALGO PARA PODER RESOVERLO ESTARÉ ATENTA A SU RESPUESTA DE ANTEMANO MUCHAS GRACIAS

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