Vox pide a la Junta Electoral Central que no permita el voto por correo a los ciudadanos españoles en el exterior

También que suspenda las inscripciones en el CERA de quienes adquieran la nacionalidad a través de la LMD / Cabe recordar que el partido de Abascal apoyó en 2022 la normativa actual por la que se rige el sufragio de los residentes ausentes

Vox presentó el pasado 30 de junio un escrito ante la Junta Electoral Central por el que pide a este organismo que no permita el voto por correo a los ciudadanos españoles residentes en el exterior ya que considera que “no ofrece hoy un nivel de garantías equivalente al exigido para el voto por correo en territorio nacional”. En concreto se refiere a lo relativo a la identificación personal del elector, la autenticidad del sufragio, la integridad de la cadena de custodia de la documentación electoral y el control efectivo de todo el procedimiento por las autoridades españolas.

Cabe recordar que todos estos aspectos están regulados en el artículo 75 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg) según la redacción dada en octubre de 2022 tras la reforma de la Loreg aprobada por las Cortes. Aquella reforma, que eliminó el voto rogado, fue apoyada por Vox.

En otro escrito, Vox también pide a la JEC que ordene a la Oficina del Censo Electoral un desglose completo y mensual de las altas en el CERA derivadas de la ‘ley de nietos’; la revisión de los criterios de adscripción provincial, excluyendo a quienes se inscriban por mera declaración de voluntad; una auditoría documental de los expedientes, que quedarían en suspenso hasta su verificación; una auditoría de los contratos con Neoris y Palco; y un informe sobre los protocolos aplicados.

Además, con carácter cautelar y mientras no se resuelva el recurso de inconstitucionalidad nº 193/2023 contra la Instrucción de 25 de octubre de 2022 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública que desarrolla la Disposición Adicional 8ª de la Ley de Memoria Democrática que el partido mantiene pendiente ante el Tribunal Constitucional al considerar que es un acto administrativo nulo de pleno derecho, reclama el rechazo o la anulación de toda inscripción practicada contra el tenor literal de dicha Disposición Adicional 8ª al amparo de la Instrucción.

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