Un total de 36 entidades canarias del exterior recibirán 100.000 euros para sus gastos de funcionamiento

Las ayudas otorgadas por la Viceconsejería de Acción Exterior según la propuesta de la Dirección General de Emigración oscilan entre los 700 y los 4.000 euros

Imagen de archivo de la celebración del Día de Canarias en Uruguay.

El viceconsejero de Acción Exterior del Gobierno de Canarias, Juan Rafael Zamora Padrón, vista la propuesta realizada por la Dirección General de Emigración, dirigida por Manuel Rodríguez Santana, ha resuelto la concesión de ayudas económicas a 36 entidades canarias de Uruguay, Argentina, Venezuela, Brasil y de diversas partes de España.

Estas ayudas tienen como objetivo colaborar con los gastos generales de funcionamiento de las entidades canarias en el exterior y su cuantía total asciende a 100.000 euros. La cantidad otorgada a las entidades oscila entre los 700 y los 4.000 euros.

El plazo de ejecución de las actividades objeto de subvención es el comprendido entre el 1 de noviembre de 2019 y el 30 de octubre de 2020.

Con fecha límite de 15 de noviembre de 2020, las entidades beneficiarias deberán justificar el cumplimiento de las condiciones impuestas y la consecución de las actividades objeto de subvención.

En la resolución de concesión, que se publicó en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) del viernes 2 de octubre, se indica que el pago a las entidades ubicadas en Venezuela se realizará a través de la Fundación Canaria para la Acción Exterior, entidad con la que la Viceconsejería de Acción Exterior firmó un convenio de colaboración en abril de 2020.

Con estas ayudas se podrán financiar gastos como los correspondientes al alquiler de los inmuebles en que las entidades canarias en el exterior tengan fijadas sus respectivas sedes; los derivados del uso de teléfonos y correos postales; el material de oficina de carácter fungible; los salarios y seguros sociales del personal que presta sus servicios en las entidades canarias en el exterior; los derivados del mantenimiento y limpieza de los locales; los correspondientes a reparaciones menores; y los relativos al aseguramiento de los inmuebles en que las entidades canarias en el exterior tengan fijadas sus respectivas sedes.

Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.