Ya está en vigor la nueva regulación que garantiza la asistencia sanitaria a todos los españoles de origen y sus familiares que se desplacen a España

Desde el 30 de julio

El pasado miércoles 29 de julio se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social, más conocida como ‘Ley de segunda oportunidad’, la cual entró en vigor al día siguiente, el jueves 30 de julio.
Esta norma contiene la Disposición Final 5ª y la Disposición Final 9ª que modifican la regulación de la asistencia sanitaria a los españoles de origen residentes en el extranjero en sus desplazamientos a España, temporales o permanentes, y garantiza esta cobertura a este colectivo, independientemente de que pensionistas de España o trabajadores por cuenta ajena o propia, y a sus familiares. Esta modificación fue introducida por el PP durante la tramitación de esta norma que ya está en vigor.
Esta cobertura se regula en el Real Decreto 8/2008 que establece la prestación por razón de necesidad a favor de los españoles residentes en el exterior y retornados. En esta norma no estaba prevista la asistencia sanitaria para los familiares de quienes retornen a España y solo para los pensionistas en sus desplazamientos temporales al país, algo que ahora se ha modificado.