Solamente votaron 34.310 españoles residentes en el exterior de los casi 1,7 millones que estaban inscritos en el CERA

El PSOE revalidó su triunfo entre los electores en el extranjero pero dilapidó la enorme ventaja que tenía frente al PP que pasa de 28 a 4 puntos

Escrutinio del voto CERA en la Junta Electoral de A Coruña.

El artículo 68.5 de la Constitución Española establece que: “La ley reconocerá y el Estado facilitará el ejercicio del derecho de sufragio a los españoles que se encuentren fuera del territorio de España”.

En las elecciones europeas del pasado 25 de mayo ha sucedido todo lo contrario: gracias a la regulación del voto exterior los españoles residentes en el extranjero no han podido ejercer su derecho al sufragio, ni el Estado ha facilitado de ninguna manera que lo pudiesen ejercer, más bien todo lo contrario.

Tan solo el 2% de los inscritos en el CERA, 34.310 personas de las casi 1,7 millones censadas, ha ejercido su derecho al voto. Las dificultades creadas por la nueva normativa que entró en vigor en enero de 2011, además de otros problemas, han producido situaciones lamentables como que solo se hayan recibido 507 votos de emigrantes canarios (270 de Las Palmas y 237 de Santa Cruz de Tenerife), lo que supone un 0,4% del censo que asciende a 125.957 personas.

También ha sido lamentable el caso de Melilla. En la ciudad autónoma se recibieron nada menos que 3 votos de un censo total de 3.952 personas.

Al repasar el censo de cada Comunidad Autónoma y de cada provincia, el número de votos solicitados y el número de votos recibidos en la tabla que publicamos en la página 3 se puede comprobar el efecto de una regulación excesivamente garantista que ha provocado un boquete en la línea de flotación de la participación electoral de los españoles en el extranjero.

Con estas elecciones se ha cerrado el ciclo de convocatorias electorales con la nueva normativa. Los españoles en el exterior ya han votado en autonómicas, generales y europeas sufriendo el voto rogado establecido en la reforma de la Loreg de 2011.

Y al terminar este ciclo también se ha quedado sin excusas el Gobierno central para no ejecutar la prerrogativa que le otorga el punto 12 del artículo 75 de la Loreg en el que se establece que “el Gobierno, previo informe de la Junta Electoral Central, puede regular los criterios y limitar los supuestos de aplicación de este artículo, así como establecer otros procedimientos para el voto de los residentes ausentes que vivan en Estados extranjeros donde no es practicable lo dispuesto en este artículo”.

La Junta Electoral Central ya ha expresado su parecer en repetidas ocasiones: el Gobierno debe clarificar aspectos del artículo 75.

Protestas de los CRE

Los resultados han sido tan desastrosos que los Consejos de Residentes Españoles (CRE) de todo el mundo han iniciado una campaña para expresar, una vez, más, su desacuerdo con la normativa que regula el voto exterior y que el Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior (CGCEE) vuelva a pronunciarse al respecto.

En concreto han redactado una declaración a la que se puede adherir cada CRE y que ha sido propuesta por el que será nuevo presidente de la Comisión de Derechos Civiles y Participación, Ángel Capellán (consejero por Estados Unidos). Todas las declaraciones se presentarán en la próxima reunión de la Comisión de Derechos Civiles y Participación que tendrá lugar en Madrid los días 16 y 17 de junio.

El documento comienza indicando que “ante los desastrosos resultados de participación de los españoles en el exterior en las elecciones al Parlamento Europeo, el CRE (de la demarcación consular que corresponda) se une a la Comisión en su declaración contra el voto rogado y la supresión o disminución de los derechos electorales de nuestro colectivo”.

En primer lugar cada CRE firmante se adhiere al Acuerdo Específico sobre la reforma de la Loreg aprobado en el Pleno del CGCEE de 2010.

Asimismo, quien firme el documento reafirma su aprobación de la Declaración de Principios: Derechos Electorales de los Ciudadanos Españoles en el Exterior. Así como del acuerdo que se refiere al voto por correo y en el que se rechaza tajantemente el voto rogado: “Sólo podemos defender el envío de oficio del voto por correo a todos los electores, y si se establece debidamente el voto en urna, como método complementario pero no único, entendiendo éstas como las que se establecen en territorio español”.

También apoyan el establecimiento del voto electrónico, la defensa del derecho de los españoles en el exterior a votar en las elecciones municipales; la plena representación parlamentaria de los españoles en el exterior para elegir a sus diputados y senadores.

Además, los CRE firmantes expresan “nuestra desaprobación de que el Parlamento Español no haya cumplido con el Estatuto y Real Decreto que conceden el derecho de los representantes de los españoles en el exterior a ser oídos anualmente por las comisiones competentes del Congreso de los Diputados”.

El documento que firma cada Consejo de Residentes Españoles continúa: “Igualmente nuestro CRE se adhiere a las repetidas Declaraciones que tanto el Pleno del Consejo General, como la Comisión Permanente, y la Comisión de Derechos

Civiles y Participación han elevado al Gobierno y al Parlamento en múltiples ocasiones, condenando los cambios introducidos en la Ley Electoral de 2011, sin ser oídas o seriamente consideradas”.

Para concluir se indica que “consideramos que los repetidos y desastrosos resultados de participación electoral en todas las elecciones desde el año 2011 se deben primaria y casi exclusivamente al establecimiento del voto rogado que va claramente en contra de nuestra Carta Magna que explícitamente da mandato al Gobierno a facilitar el ejercicio a ese derecho al voto. ‘La ley reconocerá y el Estado facilitará el ejercicio del derecho de sufragio a los españoles que se encuentren fuera del territorio de España’ (Artículo 68.5). El voto rogado produce exactamente lo contrario”.

Finaliza la declaración: “Por ello pedimos especialmente la derogación del voto rogado con la mayor urgencia legislativa posible y la vuelta al envío del voto de oficio por correo a todos los electores”.

Por ahora se han adherido a esta iniciativa los CRE de: Italia, Uruguay, Perú, Nicaragua, República Dominicana, Costa Rica, México, Estados Unidos y la Coordinadora Europea de Asociaciones de Emigrantes Españoles. Y se espera que lo hagan el resto.

9.782 votos del PSOE y 8.409 del PP

En cuanto a los resultados, el Partido Socialista ha ganado las elecciones europeas entre los españoles residentes en el extranjero al conseguir 9.782 votos por los 8.409 del PP. Los populares han reducido la ventaja de 28 puntos lograda por el PSOE en 2009 a solo cuatro en 2014.

El Partido Socialista ha obtenido el 28,5% de los sufragios de los españoles residentes en el extranjero mientras que el Partido Popular logró el 24,5%. Las demás fuerzas políticas solamente obtuvieron un respaldo testimonial por parte de los españoles inscritos en el CERA. En cuanto al fenómeno Podemos, la candidatura revelación, también tuvo su impacto, aunque reducido, entre los votantes del exterior y se ha convertido en la sexta fuerza más votada.

La victoria del PSOE ha sido clara ya que se ha impuesto en 11 comunidades autónomas. El PP lo ha hecho en cinco, la Coalición por Europa (en la que se integraba el PNV) ganó en el País Vasco, y Esquerra Republicana lo hizo en Cataluña. El caso de Melilla no lo tenemos en cuenta porque en la ciudad autónoma solamente se recibieron tres votos de casi 4.000 censados.

En la tabla de la derecha se pueden consultar los resultados del escrutinio del voto exterior en cada una de las Comunidades Autónomas y en cada una de las provincias según los datos de las actas elaboradas por cada una de las juntas electorales provinciales a las que ha tenido acceso España Exterior.