Sanidade creará una web para facilitar la solicitud de la tarjeta sanitaria a los residentes en el exterior

Este documento permite a los gallegos que viven en el extranjero acceder a determinadas prestaciones durante su estancia temporal en Galicia

La conselleira de Sanidade, Pilar Farjas, con trabajadores del Hospital del Centro Gallego de Buenos Aires en la visita que realizó a la capital argentina el pasado mes de enero.

La tarjeta sanitaria Galicia Saúde Exterior, en virtud de la modificación del Decreto 177/1995 por el que se regula la tarjeta sanitaria para facilitar a los gallegos y gallegas de origen o descendencia que tengan su residencia en el extranjero, da acceso a la provisión de determinados servicios sanitarios a este colectivo durante su estancia temporal en Galicia.
La orden de desarrollo, del 18 de diciembre de 2009, establece todos los procedimientos para la expedición de la tarjeta (documentación que deberá presentar el interesado, solicitud, validación o entrega del documento). Con la creación de este portal se pone a disposición de los ciudadanos una forma ágil y sencilla de realizar la solicitud de esta tarjeta y posibilita su tramitación previa desde el país de residencia para los gallegos que viven en el exterior.
Procedimiento para la tramitación previa
El usuario tramitador deberá registrar su usuario y contraseña, y utilizar su certificado digital. Deben completar tres pasos: el primero de ellos será el de registrar la información del solicitante (datos generales y período de estancia en Galicia).
El segundo paso es reunir la documentación (después de escanearla) como el DNI, el pasaporte, certificado de residencia de españoles residentes en el extranjero, o certificado de inscripción en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA). Finalmente, el usuario deberá imprimir el justificante de estado de la solicitud para validarlo.
Fuera de la plataforma electrónica, el usuario también deberá de forma paralela, solicitar el número de asignación de la Seguridad Social a la oficina del INSS que corresponda en Galicia (este trámite también se puede realizar a través de la página web de la Seguridad Social).
Una vez que llegue a Galicia, el interesado deberá dirigirse a la Gerencia de Atención Primaria que corresponda según la dirección en Galicia que comunicó en la solicitud, y recoger la tarjeta que garantice las prestaciones sanitarias acordadas durante su estancia en la Comunidad Autónoma.
Por otro lado, el Servicio Galego de Saúde (Sergas) ha editado un folleto informativo sobre la tarjeta sanitaria Galicia Saúde Exterior en el que se explica quién puede acceder a ellas y a qué servicios, cómo se debe tramitar y qué documentación es necesaria así como las direcciones más útiles para el usuario.
En concreto, la tarjeta sanitaria Galicia Saúde Exterior está dirigida a los gallegos y gallegas de origen o ascendencia que, residiendo en el extranjero, realicen estancias temporales en la Comunidad Autónoma de Galicia y no tengan derecho, por ninguna otra vía, a la asistencia sanitaria.
En cuanto a los requisitos, según señala el folleto informativo, se exige estar inscrito en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero (PERE) en cualquiera de los ayuntamientos de Galicia, y figurar inscritos también en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA). Se especifica que quedan excluidas todas aquellas personas que, aún cumpliendo las dos condiciones anteriormente citadas, “tuviesen derecho a la asistencia sanitaria de acuerdo con las disposiciones vigentes en materia de Seguridad Social, las del Estado de procedencia y/o los convenios internacionales establecidos para el efecto”.
En este sentido en el folleto informativo se indica que los ciudadanos de la Unión Europea que deben portar consigo la tarjeta sanitaria europea son todos aquellos que residan en los países de la UE (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía y Suecia). Esta norma se extiende a los residentes en Liechtenstein y Noruega, como países del ámbito del Espacio Económico Europeo, y a la Confederación Suiza por acuerdo.
En otros países no comunitarios en los que exista convenio bilateral con la Seguridad Social española los emigrantes residentes en Andorra, Brasil, Chile y Ecuador deberán cubrir los formularios correspondientes que acreditan el derecho a la asistencia sanitaria durante una estancia temporal en España.
También se excluye de la tarjeta Galicia Saúde Exterior a los funcionarios de organismos gubernamentales.
Emisión y validez
La tarjeta sanitaria Galicia Saúde Exterior será emitida por la Gerencia de Atención Primaria correspondiente, asignándole un centro de salud y un facultativo con los criterios de proximidad a la dirección en Galicia.
El plazo de validez de la tarjeta Galicia Saúde Exterior se corresponderá con el periodo de la estancia temporal de cada persona, no pudiendo exceder de tres meses desde el momento de su expedición. Estos tres meses podrán ser prorrogados como máximo por otros tres con una solicitud previa justificada del interesado en un plazo de una semana antes de la fecha de caducidad de la tarjeta, que podrá ser realizada en el centro de salud que le corresponda.