El fin de esta resolución es establecer los criterios necesarios para las contrataciones que se realicen a través de los programas de cooperación con las entidades locales y otros órganos y organismos sin ánimo de lucro, así como mediante los programas mixtos de formación y empleo.
La resolución marca como colectivo prioritario al de las personas paradas que hubieran consumido la totalidad de las prestaciones y subsidios por desempleo a los que tenían derecho.
Según el texto publicado en el DOG, la contratación de los despedidos se realizará en actividades vinculadas a nuevos yacimientos de empleo que ofrezcan mayores oportunidades de readaptación en el ámbito laboral. Los contratos están dirigidos a la prestación de servicios en materia medioambiental, social, cultural, de protección civil y de servicios administrativos de informática y nuevas tecnologías. La duración de los contratos oscilarán entre los 6 y los 9 meses, de modo que faciliten una práctica profesional para su posterior reinserción.