Obligan a la Seguridad Social a pagar el complemento a mínimos a los retornados de Venezuela

Una sentencia reciente de un Juzgado de Vigo otorga más 12.000 euros a un jubilado que regresó a Galicia

Varias sentencias emitidas por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) como por diversos juzgados de lo social de Galicia obligan a la Seguridad Social española a pagar el complemento a mínimos a pensionistas retornados de Venezuela que habían dejado de percibir la parte de su pensión correspondiente a dicho país.

Por ejemplo, tal y como publicó el ‘Faro de Vigo’, el pasado 25 de octubre el Juzgado de lo Social número 2 de esta ciudad estimó íntegramente la demanda de un pensionista que llevaba desde 2016 sin percibir la pensión de Venezuela y de España solo cobraba 98,93 euros al mes. Este jubilado solicitó a la Seguridad Social española el complemento a mínimos que le fue denegado alegando la Seguridad Social que tenía reconocida una pensión de Venezuela. El complemento a mínimos es la cantidad adicional que aporta el Estado español cuando la pensión contributiva no alcanza el mínimo establecido.

Sin embargo, en su sentencia, el magistrado Germán Serrano acepta que el derecho a una pensión de Venezuela no es real ni efectivo porque no se cobra “circunstancia que obliga a la Seguridad Social española a reconocer el complemento a mínimos que ahora se deniega”. Así, en el fallo se obliga a la Seguridad Social a pagarle al jubilado 12.124 euros, correspondientes a lo que debería haber percibido desde 2016, así como el complemento a mínimos correspondiente.