Méndez Romeu afirma que “probablemente habrá que abordar” la elaboración de una ley de nacionalidad

El conselleiro de Presidencia señaló que el objetivo de la Xunta es que todos los nietos puedan acceder a la ciudadanía

Romeu afirmó que “no excluimos una futura ley de nacionalidad, pero reconocemos que es un paso adelante muy importante y con los datos que seguiremos recabando mantendremos vivo ese anhelo de que ningún nieto de emigrante gallego pierda la expectativa de llegar a tener el reconocimiento de la nacionalidad”, concluyó.
El conselleiro de Presidencia, Administracións Públicas e Xustiza de la Xunta de Galicia, José Luis Méndez Romeu, afirmó en el Parlamento gallego que el desarrollo de la Disposición Adicional Séptima de la Ley de Memoria Histórica no excluye una futura ley de nacionalidad, “que probablemente habrá que abordar”, pero es un aspecto del Código Civil con una “casuística increíblemente complicada”. Además, recordó que en su día la Xunta abogó por una extensión máxima del reconocimiento de nacionalidad, “pero en una ley estatal fueron consideradas más opiniones”.
En su intervención, Méndez Romeu explicó que la instrucción para la aplicación de esta ley fue objeto de un largo debate entre distintos ministerios en lo relativo a los procedimientos -tipo de documentación, oficinas, plazos…- con los que se va a llevar adelante el reconocimiento efectivo porque, según dijo, “se trata de hacer un procedimiento que no sea lesivo, sabiendo que va a ser para algunas personas difícil establecer una prueba documental”.
“No excluimos una futura ley de nacionalidad, pero reconocemos que es un paso adelante muy importante y con los datos que seguiremos recabando mantendremos vivo ese anhelo de que ningún nieto de emigrante gallego pierda la expectativa de llegar a tener el reconocimiento de la nacionalidad”, concluyó.
Por ora parte, el conselleiro de de Presidencia, Administracións Públicas e Xustiza, de quien depende la Secretaría Xeral de Emigración, recordó que en los últimos 50 años hubo seis modificaciones del Código Civil en materia de nacionalidad, y aseguró que la “más generosa” de todas ellas es la recogida en la disposición adicional séptima de la Ley 52/2007 de 26 de diciembre (Ley de Memoria Histórica).
Indicó que esto afectará a entre 120.000 a 140.000 gallegos en el exterior -aproximadamente el 80% de los casos hipotéticos-, si bien reconoció que no agota la totalidad de las posibles personas beneficiarias, ya que existen algunos colectivos que no pueden acogerse a esta disposición: los nietos de emigrantes que habían perdido la nacionalidad antes del nacimiento de sus hijos -salvo en el caso de los exiliados-; con carácter general, los nietos de abuela española salvo que hubiesen perdido o hubiesen tenido que renunciar a la nacionalidad en consecuencia del exilio; y los hijos mayores de edad de los que habían adquirido la nacionalidad española de origen en base a los supuestos de esta disposición.
Compromiso cumplido
Por su parte, la secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, Consuelo Rumí, declaró en París que con esta reforma se cumple uno más de los compromisos del Gobierno con los residentes en el exterior y, en este caso, que venía recogido en el Estatuto de la Ciudadanía Española en el Exterior.
Rumí indicó a España Exterior que más allá de que alguien se pueda quedar fuera, “ya que no es una norma universal”, se trata de una reforma con un alcance importantísimo.


Manuel Luis Rodríguez comparece para explicar la reforma

El secretario xeral de Emigración de la Xunta de Galicia, Manuel Luis Rodríguez, compareció el viernes 5 de diciembre ante la Comisión 1ª del Parlamento gallego para dar cuenta sobre las previsiones respecto a la nueva reglamentación relativa a la adquisición de la nacionalidad española que entrará en vigor el próximo 27 de diciembre mediante la norma conocida cómo Disposición Adicional Séptima de la Ley de Memoria Histórica.
Durante su intervención Manuel Luis Rodríguez destacó que “el actual Gobierno de la Xunta de Galicia mantuvo su compromiso con un posicionamiento firme para que la extensión de la nacionalidad española a los nietos fuese lo más amplia y generosa posible” y recordó que “estamos ante la modificación de mayor alcance y trascendencia en materia de nacionalidad, y nadie puede negar que supone una ampliación de derechos importantísima”.
Según Manuel Luis Rodríguez, “la entrada en vigor de esta Disposición pone fin a algunos prejuicios causados por nuestro ordenamiento jurídico en materia de nacionalidad, se eliminan las discriminaciones entre descendientes de emigrantes por razón del lugar de nacimiento -ampliando las posibilidades actuales de adquisición de la nacionalidad por opción, con la eliminación de la exigencia de que el progenitor o progenitora hubiese nacido en España- y permite que las personas que opten a la nacionalidad española por esta vía obtengan la nacionalidad de origen, con las consiguientes ventajas que les otorgan algunos preceptos legales”.
En cuanto al número de potenciales beneficiarios, el responsable de Emigración exige cautela “ya que la experiencia aconseja ser prudente, máxime cuando obtener la nacionalidad dependerá de una decisión libremente tomada por los potenciales beneficiarios, siendo necesario que estos formalicen la declaración de opción, aunque estimamos que esta modificación permitirá adquirir la nacionalidad española a la gran mayoría de nietos españoles residentes en el exterior”.