Los sindicatos señalan que la parte social ha insistido en querer regular las condiciones laborales del personal laboral de la Administración General del Estado en base a lo dispuesto en el recientemente entrado en vigor Estatuto Básico del Empleado Público, que reconoce expresamente el derecho a la negociación colectiva.
Sin embargo, según indican, “la Administración pretende centrarse únicamente en dar cumplimiento al mandato del Acuerdo del Consejo de Ministros, de fecha 30 de agosto del año 2006, para la potenciación de la acción exterior del Estado”.
Para los sindicatos, “se aprecia un nerviosismo evidente y palpable en la Administración ya que perciben que su postura minimalista y de estancamiento carece de cualquier tipo de fundamento legal. A la insistente petición de definir cuáles son los impedimentos y escollos legales que hacen inviable la negociación de un Convenio Colectivo, la Administración opta por el silencio o indicando que otros países aplican legislación local a sus empleados públicos”.
Además, afirman que la parte social está demostrando plena disposición al diálogo y a la continuación de la negociación, “pero rechaza las pretensiones de la Administración encaminadas a mantener la situación actual de incertidumbre e indefinición. Cosa que se produciría si se aceptara la propuesta de la Administración de firma de un documento con contenido parcial de normativa laboral española pero que, al mismo tiempo, negara la aplicación de legislación española, sometiéndose expresamente a legislación local”.
Según el comunicado, “la Administración ha indicado nuevamente y de forma inequívoca que no existe voluntad política de negociar un Convenio Colectivo. Ante esta declaración, la parte social ha constatado una clara contradicción con las manifestaciones reiteradas del ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación a favor de la negociación de un Convenio Colectivo y de aplicación de legislación española”.
Los sindicatos integrantes de la Comisión Técnica de Personal Laboral en el Exterior se muestran rotundos en su exigencia de aplicación del Estatuto Básico del Empleado Público y de lo que esto conlleva.