Los gallegos y vascos residentes que pidieron el sufragio en el exterior comienzan a recibir las papeletas para votar en las elecciones autonómicas

Ahora pueden ejercer su derecho por correo en sobre dirigido a su consulado o en persona en la propia oficina consular

Con el tope final del 1 de octubre, las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral (OCE) remitieron a la dirección postal de la inscripción del elector las papeletas y el sobre de votación, dos certificados idénticos de estar inscrito en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), así como un sobre en el que debe figurar la dirección de la Junta Electoral competente y otro con la dirección de la Oficina Consular de Carrera o Sección Consular de la Misión Diplomática en la que están inscritos.

En el caso de las provincias donde haya habido alguna impugnación de candidatos el plazo de envío se ampliará hasta el 9 de octubre.

Procedimiento

Los votantes en el exterior podrán ejercer este derecho de dos formas: por correo, hasta el día 16 de octubre, o en urna, entre el 17 y el 19 de octubre.

Los electores que opten por votar por correo deberán incluir en el sobre dirigido a la Junta Electoral correspondiente, junto al sobre de votación y el certificado de estar inscrito en el censo, fotocopia del pasaporte o del Documento Nacional de Identidad (DNI) expedidos por las autoridades españolas o, en su defecto, certificación de nacionalidad de nacionalidad o certificación de inscripción en el Registro de Matrícula Consular expedidas por el Consulado de España en el país de residencia y enviar todo ello en el sobre dirigido a la Oficina Consular de Carrera o Sección Consular de la Misión Diplomática a la que el elector esté adscrito, por correo certificado. El plazo para enviar el voto de esta manera finaliza el 16 de octubre.

Quienes opten por depositar el voto en urna lo harán entregando personalmente los sobres en aquellas oficinas o secciones consulares en las que estén inscritos o en los lugares que a tal efecto se habiliten para ello. A este fin, las dependencias consulares habilitadas dispondrán de una o urnas custodiadas por un funcionario consular. El plazo para votar de forma presencial estará abierto los días 17, 18 y 19 de octubre.

Posteriormente, los funcionarios consulares remitirán la saca con los votos en urna y los votos por correo a España.