Los europeos ya pueden vivir en cualquier país de la UE sin permiso de residencia

Más facilidades para la reagrupación familiar

Pese a que el 30 de abril venció el plazo para adaptar la directiva a las legislaciones nacionales, de momento sólo Austria, Eslovenia y Eslovaquia cumplen. Reino Unido, Dinamarca, España y Francia están en trámites, mientras Bélgica, Italia, Finlandia y Luxemburgo ya anunciaron que no llegarán a tiempo, según explicó el vicepresidente de la Comisión y responsable de Justicia, Libertad y Seguridad, Franco Frattini. No obstante, precisó que la norma es ya obligatoria incluso para los Estados miembro que no la transpusieron porque, según la jurisprudencia del Tribunal de Justicia, cuando una directiva es clara, transparente e incondicional se aplica no sólo a los Estados miembros sino también a las personas. “Todos los Ayuntamientos y todas las regiones están obligadas a reconocer y garantizar estos derechos individuales incluso aunque en ese Estado miembro la directiva no se haya transpuesto todavía”, dijo Frattini, que destacó que los ciudadanos pueden recurrir a los tribunales nacionales en caso de incumplimiento.
Un total de siete millones de europeos viven ya en otro Estado miembro de la UE. El vicepresidente subrayó que la directiva otorga ventajas “reales y concretas”. En primer lugar, la reducción de las formalidades burocráticas al establecerse en otro país. Los ciudadanos europeos ya no estarán obligados a tener un permiso de residencia del Estado miembro de acogida. Bastará con un simple registro ante las autoridades competentes en los países que lo crean necesario. No obstante, se mantiene la obligación de acreditar un trabajo o recursos suficientes para sobrevivir, y de tener un seguro médico completo para no convertirse en una carga para el sistema de seguridad social de destino.
Esta obligación desaparece al cabo de cinco años de residencia ininterrumpida en el país de acogida, cuando los ciudadanos de la UE adquirirán un derecho de residencia permanente sin condiciones. Asimismo, la directiva da garantías contra expulsiones, que sólo serán posibles por motivos de orden público y seguridad pública.
Por otro lado, se extienden los derechos al reagrupamiento familiar de los ciudadanos de la Unión a la pareja registrada que proceda de un país tercero, a condición de que el Estado de acogida la considere equivalente al matrimonio. Por primera vez, los miembros de la familia tendrán derechos autónomos de residencia en caso de divorcio o muerte del ciudadano de la UE.