Los castellanos y leoneses en el exterior ya pueden solicitar su Tarjeta Salud

Los trámites se pueden realizar a través del Portal de Salud de la Junta www.sacyl.es

Modelo de la Tarjeta Salud Castellanos y Leoneses en el Exterior.
Alfoso Fernández Mañueco (centro) durante la presentación de la Tarjeta Salud en el Encuentro Internacional de Comunidades Castellanas y Leonesas celebrado en Zamora en diciembre de 2009.
José María Pino, director general de Asistencia Sanitaria de la Gerencia Regional de Salud, explicando el procedimiento para solicitar la tarjeta mediante internet.
Alfonso Fernández Mañueco muestra un impreso con información sobre la Tarjeta Salud para castellanos y leoneses en el exterior.

Tal y como anunció el consejero de Interior y Justicia, Alfonso Fernández Mañueco, en el segundo Encuentro Internacional de Comunidades Castellanas y Leonesas en el Exterior, celebrado en Zamora el pasado mes de diciembre, los castellanos y leoneses en el exterior ya pueden solicitar desde la página web de Sacyl la Tarjeta Salud que proporcionará asistencia sanitaria de urgencias a los castellanos y leoneses residentes en el exterior durante sus estancias temporales en la Comunidad Autónoma, con independencia de que puedan disponer de otros sistemas de cobertura sanitaria válidos para todo el territorio nacional. La tarjeta caducará a los diez años, aunque su validez estará vinculada a su activación coincidiendo con los periodos previstos de estancia temporal en Castilla y León.

Con esta iniciativa se cumple con un compromiso personal del presidente de la Junta, Juan Vicente Herrera, con la emigración castellana y leonesa.

Los requisitos para obtener la Tarjeta Salud son:
1. Ser español residente en el extranjero habiendo tenido la última vecindad administrativa en Castilla y León o ser nacido en esta Comunidad Autónoma.

2. Encontrarse en situación de desplazamiento temporal en esta Comunidad.

3. Informar a la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León de la existencia y tipo de cobertura y, más concretamente de su inclusión como titular/beneficiario en alguno de los siguientes colectivos:
• Reglamentos Europeos: Tarjeta Sanitaria Europea y otros formularios de derecho.
• Residente en alguno de los países en los que España tiene convenio bilateral que incluya derecho a asistencia sanitaria: Andorra, Brasil, Chile, Ecuador, Marruecos, Perú y Túnez.
• Beneficiarios de la prestación económica por razón de necesidad, en los términos y condiciones previstos en el Cap III del RD 8/2008 de 11 de enero
• Terceros obligados al pago de la asistencia sanitaria que, en su caso, pueda recibirse fuera de su territorio.

El procedimiento para la asignación de la tarjeta es muy sencillo ya que los interesados que cumplan los requisitos deberán solicitarla a la Gerencia Regional de Salud adjuntando los siguientes documentos:

• Modelo de solicitud oficial debidamente cumplimentado
• Documento de identidad o pasaporte
• Certificado de inscripción en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero y/o alta en el registro de matrícula consular en el que conste expresamente el nacimiento o inscripción en un municipio de Castilla y León.
• Declaración jurada relativa a la existencia de posible cobertura sanitaria así como el tiempo de estancia temporal prevista (según modelo aportado por la Administración).

Los interesados en la obtención de la Tarjeta Salud Castellanos y Leonesese n el Exterior la solicitarán a la Gerenciad e Regional de Salud por la vía destinada a tal efecto, que será preferentemente y teniendo en cuenta la residencia en el exterior, la de fax +34 983 412 565 o correo electrónico sda@saludcastillayleon.es. También podrán dirigirlas por correo ordinario al citado organismo o presentarlas directamente en sus dependencias. Las solicitudes se podrán obtener del portal de salud de la Junta de Castilla y León www.sacyl.es.

La Gerencia Regional de Salud revisará la veracidad y pertinencia de los documentos presentados y procederá a dar de alta al usuario en la base de datos correspondiente del Sacyl, así como de remitir al titular la tarjeta física con la que podrá recibir la asistencia durante su estancia en la región, que no podrá superar los tres meses en una petición inicial. Transcurrido este periodo, será posible una única prórroga de la activación por un periodo que, unido al periodo inicial no supere el máximo de 6 meses de estancia total en un año computado a partir de la fecha de la solicitud. Agotado el periodo de estancia temporal consignado, la información de la tarjeta pasará a un archivo histórico incluyendo la eventual prórroga. El titular deberá conservar la tarjeta de cara a futuras activaciones por nuevas estancias.