Los alumnos de lengua y cultura podrán quedar exentos de una parte del examen del DELE

Según la nueva normativa que regula este diploma, publicada en el BOE el pasado 12 de marzo

El artículo ocho de este decreto introduce una nueva disposición adicional quinta en el Real Decreto 1137/2002 de 31 de octubre sobre el alumnado procedente de las aulas de lengua y cultura españolas. Indica que “los alumnos que hayan terminado su trayectoria escolar en las aulas de lengua y cultura españolas y hayan obtenido el certificado correspondiente, podrán presentarse al examen para la obtención del diploma de español como lengua extranjera (DELE) siempre que reúnan las condiciones exigidas en el artículo 2”. Además, “en los términos que convengan el Ministerio de Educación y Ciencia y el Instituto Cervantes, el contenido de las pruebas y su evaluación consiguiente podrán ser adaptadas a la situación de estos alumnos, que podrán quedar exentos de una parte del examen”.
Con esta modificación normativa, el Instituto Cervantes, organismo público que tiene encomendada la dirección académica, administrativa y económica de los diplomas, ha propuesto el establecimiento de los seis niveles en los referidos diplomas para uniformar contenidos y criterios de evaluación y adaptar su regulación al nuevo contexto europeo.