La Unión Europea respalda que la Agencia Tributaria exija a los retornados que declaren las pensiones del extranjero

La Comisión indica que no es discriminatorio que España aplique su propio régimen fiscal, aunque suponga una desventaja para quienes han trabajado fuera del país

Manifestación de emigrantes retornados celebrada en A Coruña el pasado mes de marzo.

En la respuesta que la Comisión hace a la pregunta que el eurodiputado Iñaki Irazabalbeitia Fernández registró el pasado 24 de abril, el comisario lituano Šemeta , aclara que “el Derecho de la UE no garantiza que el traslado de residencia dentro de la Unión Europea de una persona asegurada sea neutral en lo que respecta a la seguridad social o los impuestos”.

En este sentido indica que “con arreglo a una jurisprudencia constante del Tribunal de Justicia de la UE, la doble imposición no es contraria al Derecho de la UE” y por ello “los Estados miembros pueden cooperar o no para eliminar la doble imposición, según crean conveniente”.

También dejó claro las competencias de la Comisión en esta materia: “La Comisión está facultada para formular propuestas de legislación de la UE dirigidas a mejorar el funcionamiento del mercado interior, pero las propuestas en materia de fiscalidad sólo podrán entrar en vigor si los estados miembros de la UE las aprueban por unanimidad”.

En su pregunta, Irazabalbeitia afirmaba que “los emigrantes retornados, que han trabajado toda una vida en el extranjero llena de privaciones y contribuyendo a mejorar también la economía de otros países europeos, se ven en un vacío jurídico producto de la ausencia de regulación europea y de una interpretación con fin recaudatorio del Estado español” .

Añadía, que a su juicio esta situación “provoca una tratamiento fiscal de las prestaciones discriminatorio, ya que en muchos casos se está aplicando la doble imposición fiscal y no se están reconociendo los beneficios que han sido reconocidos en los países de acogida, incluidas las exenciones fiscales y las prestaciones de incapacidad o invalidez y jubilación, que se ven afectados con el retorno a su país de origen o residencia en otro Estado miembro”.

También destacaba que “existen diferencias normativas entre los convenios bilaterales existentes, ausencia de información a las personas afectadas y carencia de un certificado uniforme estándar que fuera efectivo en cualquier Estado miembro, con traducción a todas las lenguas y sin que imponga la obligación al perceptor de traducirlo”.

Finalizaba afirmando que “el acoso al que se ven sometidas estas personas merece un tratamiento a nivel europeo para que la Comisión promueva medidas que eviten la discriminación”. Y por ello preguntaba si la Comisión adoptaría medidas contra el Gobierno español para evitar la discriminación fiscal en el ámbito de las pensiones de emigrantes retornados y si promoverá soluciones a los problemas de doble imposición no resueltos en la actualidad mediante convenios fiscales bilaterales”.

Sobre este segundo punto Šemeta indica que la Comisión “está trabajando para determinar la manera en que las administraciones tributarias de los Estados miembros podrían facilitar las cosas a los ciudadanos en situaciones transfronterizas, por ejemplo mediante la mejora de la cooperación entre las administraciones tributarias para eliminar la doble imposición, una mejor información a los ciudadanos y la existencia de impresos tributarios comunes”.

Asimismo, finaliza la respuesta indicando que “la Comisión está examinando las legislaciones fiscales de los EM para detectar indicios de medidas discriminatorias en los ámbitos concretos de la tributación de las personas móviles y los trabajadores fronterizos, por ejemplo, en lo que respecta a sus pensiones de jubilación, y podría poner en marcha procedimientos de infracción si se detectara la existencia de discriminaciones”.

Cabe destacar que la pregunta del eurodiputado español fue registrada el 24 de abril de 2014 y se contestó el 24 de junio. Tras las elecciones europeas del pasado 25 de mayo, Iñaki Irazabalbeitia Fernández perdió su escaño.