La Oficina del Censo envía la solicitud de la documentación para votar el 22 de mayo a los 705.097 inscritos en el CERA

Deberán firmarla, adjuntar alguno de los documentos establecidos en la Loreg y reenviarla a la delegación provincial de la OCE correspondiente a su municipio de inscripción antes del 23 de abril

Carta que envía la OCE a los inscritos en el CERA.

La Oficina del Censo Electoral (OCE) enviará el miércoles 23 de marzo las cartas de solicitud de la documentación electoral a un total de 705.097 españoles residentes en el exterior e inscritos en el CERA que podrán ejercer su derecho a voto en los comicios autonómicos del próximo 22 de mayo. Una vez recibida esta carta, los electores deberán reenviarla firmada a la delegación provincial de la OCE correspondiente a su municipio de inscripción adjuntándole la fotocopia del DNI, o del pasaporte, o el certificado de inscripción en el registro de matrícula consular, o el certificado de nacionalidad.

Las elecciones autonómicas y a ciudades autónomas (Ceuta y Melilla) que se celebrarán el próximo 22 de mayo serán las primeras en las que se aplique lo dispuesto en la nueva redacción de la Ley electoral respecto al voto de los españoles residentes en el extranjero.
Para facilitar lo que se denomina ‘voto rogado’, la OCE enviará el miércoles 23 de marzo una carta personalizada a cada uno de los 705.097 inscritos en el CERA que podrán votar en dichos comicios para que soliciten la documentación electoral. Este envío supone un coste de 600.000 euros.
La carta consta de un texto explicativo y la solicitud propiamente dicha, la cual hay que firmar y reenviarla de vuelta a la delegación provincial de la OCE correspondiente al municipio de inscripción del elector (cuya dirección también aparece en la carta) junto con alguno de los documentos establecidos en el artículo 75.1 de la Loreg (fotocopia del DNI, o del pasaporte, o del certificado de inscripción en el registro de matrícula consular o del certificado de nacionalidad).
Además del envío de esta carta, el formulario oficial para la solicitud de la documentación estará accesible desde el día siguiente al de la convocatoria electoral, el 30 de marzo, en todas las oficinas consulares y en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación (www.maec.es), en la página especial de las elecciones de la página del Instituto Nacional de Estadística (www.ine.es) y, probablemente también, en la web del Ministerio del Interior (www.mir.es).
Fuentes de la Oficina del Censo Electoral (OCE) han explicado a España Exterior que no está previsto en ninguna regulación que el envío de la solicitud de la documentación electoral sea gratuito. Por ese motivo, todos los inscritos en el CERA deberán pagar de su bolsillo el envío por correo de dicha solicitud, que deberá realizar antes del 23 de abril y en un modelo oficial.
Desde la OCE han señalado que si bien el envío del voto desde el extranjero es gratuito, no así el envío de la solicitud de la documentación y que ni en las normas electorales anteriores, ni tras la última reforma de la Loreg, se ha establecido un mecanismo de desembolso de este dinero a los electores que residen en el exterior.
En este sentido, las fuentes consultadas por España Exterior han destacado que lo más lógico es que próximamente se regule un procedimiento, que debería ser claro y sencillo, para que los españoles en el exterior puedan realizar la solicitud de la documentación sin coste alguno, tal y como sucede en el voto por correo para los residentes en España.