La Oficina del Censo Electoral tiene previsto enviar las solicitudes de voto el próximo 21 de septiembre

Las elecciones generales se convocarán el día 26 y el 27 se harán públicos los datos del CERA

Un joven depositando su voto en el Consulado de Buenos Aires en las pasadas elecciones autonómicas.

Según confirmaron a España Exterior fuentes de la Oficina del Censo Electoral (OCE) está previsto que el envío del formulario oficial para la petición de la documentación electoral se remita a los inscritos en el CERA a mediados de la semana anterior a la fecha de la convocatoria. Es decir, el día 21 de septiembre ya que la convocatoria la realizará el presidente del Gobierno el lunes 26 de septiembre y se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el martes 27. Ese mismo día, la OCE publicará en la página web del Instituto Nacional de Estadístico (www.ine.es) -entidad de la que forma parte- los datos oficiales del número total de electores inscritos en el CERA así como una guía detallada para que los residentes en el extranjero puedan ejercer su derecho al voto en plazo y forma en las próximas elecciones generales del 20 de noviembre.
La OCE envía los formularios para solicitar el voto antes de la publicación de la convocatoria para que los emigrantes tengan el máximo tiempo posible para que su voto se finamente contabilizado. En las pasadas elecciones autonómicas también se realizó este envío una semana antes de la publicación de la convocatoria electoral con la intención de garantizar que así llega a todos los electores con tiempo suficiente para que puedan emitir su voto.
Una vez que reciban el formulario de solicitud, los españoles residentes en el extranjero tendrán de plazo hasta el 22 de octubre para remitirlo a España y las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral tendrán de plazo hasta el 1 de noviembre para realizar el envío de la documentación. En el caso de circunscripciones en las que haya habido impugnaciones este plazo se enviará hasta el 8 de noviembre.
El sobre con la documentación electoral que recibirán los residentes en el extranjero contendrá: las papeletas de votación; sobres de votación; dos certificados idénticos de estar inscrito en el Censo de Residentes Ausentes, así como un sobre en el que debe figurar la dirección de la Junta Electoral competente y un sobre con la dirección de la Oficina Consular o Sección Consular de la Misión Diplomática en la que están inscritos.
Una vez recibida la documentación, los emigrantes tendrán hasta el 15 de noviembre para enviar el sufragio por correo certificado a su correspondiente oficina consular y quienes deseen depositarlo en urna podrán hacerlo los días 16, 17 y 18 de noviembre en donde se dispongan dichas urnas, que normalmente será en la oficina consular correspondiente.
Que los residentes en el extranjero tengan que enviar esta solicitud -el conocido como voto rogado- ha sido el principal problema de la baja participación registrada en las elecciones de hace cuatro meses que fue de un escasísimo 3,68% frente al 24,6% de la anterior cita autonómica cuatro años antes. En concreto de 705.774 inscritos en el CERA solamente 58.097, el 8,23%, solicitaron el voto y de éstos tan solo 28.030 pudieron remitir sus votos a tiempo para que fueran admitidos, según el informe elaborado por el Ministerio de Asuntos Exteriores.