Un grupo de seis estudiantes gallegos residentes en la ciudad noruega de Tromso han manifestado públicamente que la nueva normativa electoral que rige el voto del exterior les priva, de hecho, de un derecho fundamental, como es el derecho de sufragio, en los próximos comicios autonómicos.
Según explican en una nota de prensa la normativa electoral prevé que los electores residentes temporalmente en el extranjero y que no estén censados de manera definitiva en el exterior -es decir, inscritos en el CERA- y que continúen estando registrados en el censo de algún ayuntamiento gallego, deberán presentarse personalmente en la oficina consular o embajada más próxima a su residencia para solicitar el ‘Certificado para voto por correo de electores temporalmente residentes en el extranjero’. Este documento les permitirá solicitar posteriormente toda la documentación para ejercer el derecho al voto.
Ante la imposibilidad de conseguir este certificado en Tromso los estudiantes contactaron con la Embajada de España en Oslo, tanto telefónicamente como por escrito, y en ambas ocasiones se les informó que para iniciar el trámite deben acudir personalmente a la Embajada con el grave inconveniente de que entre Tromso y Oslo hay 1.600 kilómetros.
Así que estos jóvenes, que desean participar en la vida política de su comunidad, no van a poder hacerlo por culpa de una legislación que les obliga a recorrer 3.200 kilómetros, con el consiguiente desembolso y pérdida de tiempo, solamente para obtener un certificado que luego servirá para que reciban por correo la documentación.
Finalmente, en la nota de prensa enviada a los reaspetivos medios de comunicación explican que quieren “trasladar la opinión pública gallega nuestra indignación por lo que consideramos de hecho la privación de nuestro derecho fundamental al ejercicio del voto. Agradecemos la difusión de esta información con la esperanza de que contribuya a solucionar el problema que padecen muchos estudiantes gallegos esparcidos por Europa”.
Iniciativa del Bloque
La diputada del BNG en el Congreso, Olaia Fernández Davila, registró una iniciativa parlamentaria en la Cámara Baja para demandarle al Gobierno central una solución para estos casos. La diputado indica que según la normativa vigente en este tipo de casos hay que personarse en las embajadas o en los consulados generales para realizar la solicitud del voto por correo. «Sea por un error o porque no se consideró pertinente, la ley no menciona en ningún caso a los consulados honorarios o agencias consulares que están adscritos a los Consulados Generales», indicó. Pero este requisito «no se contempla para los ciudadanos gallegos que residen de manera fija en otros países, a los que no se les exige personarse. Por lo tanto, es un hecho discriminatorio entre unos ciudadanos y otros», destacó Davila.
«Estamos ante un derecho fundamental y deben garantizarse todas las medidas precisas para garantizarlo»
Davila señala que el Gobierno central debería arbitrar mecanismos alternativos que garanticen el derecho fundamental de estos ciudadanos a ejercer el voto. «Y puesto que se trata de una situación excepcional y que el tiempo corre en la nuestra contra, sería deseable que el Gobierno central diese instrucciones urgentes para que la solicitud de voto por correo se pueda tramitar también en las oficinas consulares honorarias o las que haya independientemente de la categoría del Consulado. Estamos ante un derecho fundamental y deben adoptarse todas las medidas precisas para garantizarlo».