La Junta Electoral Central lamenta que el Gobierno no haya aprobado un reglamento que regule el ejercicio del voto exterior

La Junta Electoral Central lamenta que «las próximas elecciones al Parlamento Europeo se vayan a celebrar sin que el Gobierno haya ejercido la habilitación para el desarrollo reglamentario del procedimiento de voto de los electores españoles residentes en el exterior e inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), y reitera sus Acuerdo de 27 de enero y 17 de febrero de 2011 sobre la necesidad de llevar a cabo dicha previsión normativa».

Así lo hace constar en uno de los acuerdos tomados en su reunión del pasado 20 de marzo. La JEC responde así a una cuestión planteada por la directora general de Política Interior del Ministerio del Interior que pregunta acerca de la vigencia de los acuerdos y decisiones adoptados por la Junta en relación con el procedimiento de voto CERA, con ocasión de los procesos celebrados desde la entrada en vigor de la modificación del artículo 75 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General por la Ley Orgánica 2/2011.

En su respuesta, además de lamentar la inacción del Gobierno en esta materia, la JEC recalca que «en tanto el Gobierno no apruebe la referida disposición reglamentaria, deben entenderse aplicables los criterios que la Junta Electoral Central ha ido adoptando a partir de la aprobación de la Ley Orgánica 2/2011».

Además, indica que de dicho acuerdo «se trasladará copia a la Excma. Sra. Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, así como al Excmo. Sr. Ministro del Interior».