La Junta Electoral amplía hasta el 19 de noviembre el plazo para que los españoles en el extranjero envíen el voto por correo

Toma esta decisión ante el retraso en la salida de la documentación por la impugnación de candidaturas

Escrutinio del voto emigrante en las elecciones catalanas de marzo de 2009.

La Junta Electoral Central acordó en su reunión del pasado 4 de noviembre que deberán admitirse los votos de los inscritos en el CERA que hayan sido depositados en las oficinas de correos de sus respectivos países como muy tarde el sábado 19 de noviembre. Además, indicó a los consulados que deberán remitir de forma inmediata a las Juntas Electorales Provinciales dichos sobres de votación.

En su reunión del pasado 4 de noviembre la Junta Electoral Central (JEC) volvió a tomar una decisión favorable a los residentes en el exterior al acordar que se admitiesen como válidos todos aquellos sobres de votación que fuesen depositados en las oficinas de correos de los países de residencia de los inscritos en el CERA como muy tarde el sábado 19 de noviembre.

Este acuerdo se toma al comprobar la Junta que han existido retrasos en el envío de la documentación electoral debidos a la presentación de impugnaciones a candidaturas y su posterior resolución por los tribunales.

Desde la Dirección General de Asuntos Consulares y Migratorios solicitaron a la JEC que reconsiderase ese acuerdo. En su reunión del jueves 10 de noviembre el órgano que vela por la correcta aplicación de la normativa electoral contestó que el motivo de dicho acuerdo “reside en las dificultades que se han producido en determinadas circunscripciones respecto a la elaboración de las papeletas electorales y su posterior envío por correo a los electores inscritos en el CERA”.

En concreto indica que “este retraso ha obligado a adoptar medidas excepcionales en todos los ámbitos y en el caso de los Consulados y de esa Dirección General ha llevado a la adopción del Acuerdo de referencia que obliga a que los Consulados hagan un esfuerzo para facilitar al máximo la recepción del voto que puedan enviar los electores”. Y finaliza indicando que “por estos motivos no es posible reconsiderar este acuerdo”.

En esa misma reunión del jueves 10 de noviembre la JEC aprobó una circular dirigida a la Dirección General de Asuntos Consulares y a las oficinas consulares para resolver las dudas que pudiesen suscitarse en relación con el depósito del voto en urna.En esta circular se señala que “todos los sobres con papeletas electorales recibidos por la Oficina Consular que tengan matasellos anterior al día 20 de noviembre, aun cuando se reciban con posterioridad al viernes 18 de noviembre en que concluyó el plazo de depósito del voto en urna, serán remitidos, mediante envío electoral, a la Oficina que a estos efectos se constituya en el Ministerio de Asuntos Exteriores, la cual, a su vez, procederá al envío urgente de dichos sobres a las Juntas Electorales Provinciales correspondientes”.

Otras indicaciones

Por ejemplo se indica que el horario para el depósito del voto de los días 16, 17 y 18 de noviembre deberá ser tal que permita a los españoles en la demarcación depositar el voto “al concluir la jornada laboral ordinaria en ese país”; que tendrá que haber un funcionario para resolver dudas de los votantes pero que no podrá “entrar a valorar el contenido de tales sobres ni corregir los defectos que pudieran apreciarse”; que los representantes de las candidaturas podrán inspeccionar las dependencias donde se custodien las urnas fuera del horario de depósito de los sobres, y cómo deben ser esas urnas.

En cuanto a la elaboración y envío de la documentación electoral por parte de las oficinas consulares se establece que una vez concluido el plazo se elaborará un acta en la que constarán el número de certificaciones censales recibidas y el número de sobres recibidos por correo “hasta la finalización del depósito del voto en urna”.

Los sobres de votación recibidos por correo y los depositados en urna, así como las actas, se enviarán a la oficina que se constituya en el Ministerio de Asuntos Exteriores no más tarde del día siguiente -el sábado 19- y ésta los remitirá a la Junta Electoral Central que, a su vez, procederá al envío urgente de todos los sobres a las juntas electorales provinciales correspondientes para su escrutinio, que será el miércoles 23 de noviembre.