La JEC amplía el plazo para enviar el voto por correo a los catalanes en Estados Unidos

Podrán remitirlo hasta el sábado 24 de noviembre

La Junta Electoral Central ha acordado que se consideren válidos los sufragios de los catalanes inscritos en el CERA y residentes en Estados Unidos enviados por correo certificado «cuando conste que fueron depositados en una oficina postal de los Estados Unidos de América no más tarde del día anterior al de la elección. A tal efecto, las Oficinas Consulares deberán remitir de forma inmediata a las Juntas Electorales Provinciales dichos sobres de votación».

La JEC ha tomado esta deicisón a la vista del escrito del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación en el que pone de manifiesto que a causa de los daños sufridos en las infraestructuras postales de dicho país ocasionados por el huracán Sandy se han producido retrasos en el servicio de correos que han afectado a la recepción de la documentación electoral por los electores residentes en Estados Unidos.

Añade la Junta Electoral Central que este mismo criterio resultará aplicable a los electores residentes temporalmente en el extranjero que emitan su voto por correo certificado dirigido a la Mesa electoral correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Real Decreto 1621/2007. A tal efecto las Juntas Electorales de Zona deberán comunicar este criterio a las Mesas electorales comprendidas en su demarcación.

La JEC tomó esta decisión en su reunión del jueves 22 de noviembre.