La Generalitat aprueba el Registro de catalanes residentes en el exterior

El Govern catalán aprobó el martes 27 de mayo el decreto de creación del Registro de catalanes residentes en el exterior, donde se establecen los requisitos y el procedimiento de inscripción, que es voluntaria. Este registro será responsabilidad del Departamento de la Presidencia a través de la Secretaría de Asuntos Exteriores y de la Unión Europea.

Su finalidad, según destacó el consejero de la Presidencia y portavoz del Gobierno, Francesc Homs, es «procurar el conocimiento de las demandas y las necesidades de los catalanes residentes en el exterior para así desarrollar las líneas de actuación y los programas adecuados» por parte del Gobierno de la Generalitat, así como facilitar a estos ciudadanos el ejercicio de sus derechos cuando la Generalitat de Catalunya articule políticas públicas que afecten o sean de interés de este colectivo, que Homs ha estimado en unas 200.000 personas. «LaGeneralitat tiene que fomentar los vínculos sociales, económicos y culturales con las comunidades catalanas al exterior y les tiene que prestar la asistencia necesaria», afirmó.

Hasta el día de hoy, la Generalitat de Catalunya sólo dispone de datos cuantitativos referentes a la comunidad catalana en el exterior. El Registro de catalanes residentes a el exterior permitirá poder conocer la ubicación y datos de interés de quienes decidan inscribirse. Por lo tanto, la Generalitat de Catalunya dispondrá de una herramienta que favorecerá la capacidad del Gobierno para hacer más efectivas sus actuaciones y comunicaciones con el exterior, informando, por ejemplo, de aquellos proyectos relacionados con Catalunya que se organicen en otros países del mundo con presencia de catalanes, destacaron desde la Generalitat.

Los trámites para inscribirse en este registro empezarán el día 3 de junio de 2014. El procedimiento consistirá en una preinscripción electrónica vía web (cuyo acceso estará operativo a partir del 3 de junio dentro la web de la Secretaría de Asuntos Exteriores y de la Unión Europea), y el envío posterior de la solicitud de inscripción y la documentación requerida, por correo postal, al registro de entrada de documentación de la misma Secretaría.