La Dirección General de Migraciones prorroga la asistencia sanitaria para los beneficiarios de prestación por razón de necesidad

Hasta el 31 de diciembre de 2014

La Dirección General de Migraciones publicó en el Boletín Oficial del Estado del lunes 24 de febrero la resolución por la que se prorroga el derecho a asistencia sanitaria para todos aquellos beneficiarios de la prestación económica por razón de necesidad a favor de los españoles residentes en el exterior que acreditasen esta condición a 31 de diciembre de 2013.

Esta prórroga se extiende hasta el 31 de diciembre de 2014 para quienes carezcan de ella en el país de residencia o sea insuficiente, en los términos establecidos en el Real Decreto 8/2008 de 11 de enero que regula las prestaciones por razón de necesidad.

En la resolución también se establece que siempre que exista suficiencia presupuestaria, también podrán beneficiarse otros españoles residentes en los países en los que se haya suscrito un Convenio para la prestación de la asistencia sanitaria, en situación de necesidad debidamente acreditada, así como el cónyuge y los familiares de nacionalidad española, por consanguinidad o adopción en primer grado, de los beneficiarios, siempre que dependan económicamente de estos y además formen parte de la unidad económica de convivencia.