La DGCEE convoca las ayudas de viajes para mayores

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el próximo 31 de agosto

El objeto de estas ayudas es costear parte del viaje a España de los españoles mayores residentes en el extranjero para participar en dicho Programa del Imserso con el fin de facilitar a quienes salieron de nuestro país y ahora son residentes en el exterior el reencuentro con la sociedad española así como el disfrute de los beneficios sociales existentes en España.

Estas ayudas alcanzan una cuantía total de 2 millones de euros y el plazo de presentación de solicitudes finalizará el próximo 31 de agosto de 2010.

Podrán beneficiarse de estas ayudas los españoles residentes en el extranjero que tengan 60 años o más y que sean perceptores de una pensión, ya sea de jubilación, invalidez viudedad, del Sistema de Seguridad Social español o del de cualquier otro país. También quienes perciban la prestación económica por razón de necesidad y aquellos que, sin percibir pensión, tengan 65 años o más. Tendrán preferencia en la adjudicación de plazas los beneficiarios de dicha prestación, para quienes se reservará hasta un máximo del 30% de las plazas.

Asimismo, podrán ser beneficiarios los cónyuges que convivan con las personas antes indicadas o quienes no estando casados convivan como tales, siempre y cuando efectúen el viaje junto con el titular.

Se admitirá como acompañante a un hijo/a con discapacidad, que tenga un grado de minusvalía igual o superior al 45 por ciento, siempre que el viaje lo realice con sus padres y comparta la misma habitación del hotel. En todo caso, para beneficiarse del programa de viajes es necesario que los solicitantes puedan valerse por sí mismos y no padezcan trastornos psicofísicos que alteren la normal convivencia.

Mediante estas ayudas la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior subvencionará parcialmente el importe de los pasajes de traslado a España y de regreso al país de residencia de cada beneficiario. En función del número de plazas que establezca el IMSERSO, la Dirección General de la Ciudadanía Española fijará el importe de la subvención y los países de procedencia de los beneficiarios, valorando las iniciativas de los Consejos de Residentes Españoles u otras Instituciones que patrocinen la participación en este programa de personas sin recursos económicos.

El importe de la subvención será por el coste total del viaje a España en el caso de los perceptores de la prestación económica por razón de necesidad.

Las estancias en España tendrán una duración de 15 días y habrán de disfrutarse en los doce meses siguientes a la presentación de la solicitud de la ayuda.

Los beneficiarios abonarán las aportaciones que se establezcan por la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior y el IMSERSO para participar en el Programa de Vacaciones para Mayores. Asimismo, será por cuenta de los beneficiarios cualquier otro gasto que pueda derivarse de su participación en este Programa o del incumplimiento de las condiciones de realización del mismo.