La Comunidad es la única que contempla indemnizaciones para cooperantes

Gracias a la Ley del Estatuto del cooperante impulsada por Blasco

Se trata de la primera Ley española que cubre todas las contingencias que puedan sufrir los cooperantes en el desempeño de su labor solidaria. Además estos beneficios se extienden a los voluntarios y misioneros, que por primera vez, son equiparados a los cooperantes profesionales.
Entre las más de 80 medidas que incorpora, contempla prestaciones a favor del cónyuge o pareja y de los hijos menores o discapacitados del cooperante, satisfaciendo una reivindicación histórica del sector. El Estatuto también prevé la indemnización en caso de ser víctimas de secuestro u otros actos violentos, contempla tanto daños físicos como psíquicos, los gastos por desplazamiento y la repatriación en caso de accidente o enfermedad grave, fallecimiento, catástrofe o conflicto bélico .