Esta declaración establece un entorno de protección cuyo objetivo es salvaguardar el Sitio Histórico de posibles afecciones ambientales y urbanísticas que puedan alterar su singularidad o menoscabar sus valores paisajísticos.La Casa de Campo constituye el principal pulmón verde de Madrid y alberga numerosas actividades ligadas a su finalidad como lugar de recreo e instrucción de los ciudadanos. A su valor ecológico y paisajístico se suma una importante carga histórica, materializada en significativos restos arqueológicos, un conjunto de edificaciones y obra civil de carácter histórico-monumental, testimonio de su etapa como Real Sitio y una amplia representación de arquitecturas contemporáneas de su etapa como parque público.El recinto alberga yacimientos paleolíticos, como los aparecidos en las obras de la M-30; restos arqueológicos, como la villa romana de los siglos I y II encontrada recientemente junto al Puente de Segovia; construcciones históricas, como la cerca histórica y la Casa de los Vargas (Francisco de Vargas, consejero real del emperador, construyó allí una villa) y las fortificaciones de la Guerra Civil; e instalaciones de recreo como el parque de atracciones y el zoológico. En consecuencia, el bien ha quedado adscrito a la categoría o figura legal de Sitio Histórico.