Justicia ya ha finalizado la instrucción para la aplicación de la nueva normativa sobre nacionalidad

El documento que regulará el desarrollo de la Ley de Memoria Histórica será publicado en el BOE en los próximos días

La Dirección General de los Registros y del Notariado será la encargada de aplicar dicha norma que será publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en los próximos días.
El Consejo de Ministros ha tomado conocimiento, a través del ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, de la instrucción sobre el derecho de opción a la nacionalidad española establecido en la disposición adicional séptima de la Ley 52/2007, más conocida como Ley de la Memoria Histórica.
Dicha instrucción, que será elaborada por la Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia, dependiente de la Secretaría de Estado de Justicia, tiene como objetivo fijar el procedimiento a utilizar en su momento por los interesados.
Con ello, el Ministerio de Justicia, a través de la citada Dirección General, aclara las dudas que pudiera plantear a los encargados de los Registros Civiles la interpretación de la Disposición Adicional 7ª de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre y a los interesados.
La disposición concede el plazo de 2 años -prorrogables a 3- para ejercer el derecho de opción a la nacionalidad española a las personas cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español y a los nietos de quienes perdieron o tuvieron que renunciar a la nacionalidad española como consecuencia del exilio.
Trámites
La instrucción configura un régimen sencillo para tramitar las solicitudes, que se presentarán ante el Encargado del Registro Civil español (municipal o consular) correspondiente al lugar del domicilio del interesado. Es previsible que la mayoría lo haga en estos últimos (los consulares) al tratarse de personas residentes en el extranjero.
Se facilitarán a los interesados modelos normalizados, incluso para obtener las certificaciones registrales de las que no disponga y tramitarlas a través del auxilio registral.
En cualquier caso, se prevé que la solicitud se pueda hacer también por vía telemática, a través de la web del Ministerio de Justicia.
La documentación que debe acompañar a la solicitud aparece minuciosamente detallada y consiste básicamente en certificaciones literales de nacimiento, tanto del solicitante como del padre o madre originariamente español, y -para los casos de nietos de español- del abuelo o abuela españoles.
Respecto a la documentación exigida para acreditar la condición de exiliado del abuelo o abuela, la instrucción admitirá la que demuestre haber sido beneficiario de pensiones concedidas a exiliados; documentos expedidos por oficinas de refugiados o por entidades e instituciones reconocidas y vinculadas con el exilio, e incluso la participación en actividades de defensa y protección de los exiliados españoles o el trabajar actualmente en la reparación moral y la recuperación de la memoria personal y familiar de las víctimas de la guerra civil y la dictadura.
Además, se podrá presumir la condición de exiliado a favor de todos los españoles que acrediten haber salido de España entre el comienzo de la guerra civil y la inmediata posguerra (en concreto hasta diciembre de 1955) mediante su pasaporte, el Registro de Matrícula del Consulado español, certificaciones del Registro Civil consular o del local del país de acogida, así como documentación de la época en la que conste la llegada al país.


Exteriores contratará a 150 personas para atender las peticiones

El Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación contratará a 150 personas para gestionar las peticiones de nacionalidad que se reciban a partir de la entrada en vigor -el próximo 27 de diciembre- de la Disposición Adicional 7ª de la Ley de Memoria Histórica.
Este personal se ubicará en los consulados en los que Exteriores prevé una mayor demanda de nacionalizaciones. Desde el Ministerio señalan que los seis en los que más solicitudes se recibirán serán Buenos Aires, Caracas, México, Sao Paulo, Santiago de Chile y La Habana.
Pero en otros también se incrementará el personal para que la gestión de estas solicitudes sea lo más eficaz posible. Así, en el Consulado de Montevideo se van a contratar 13 personas y también se va a alquilar un local en el que se atenderá exclusivamente las peticiones de nacionalidad.
Por otro lado, el Ministerio de Exteriores prevé celebrar en Madrid antes de que acabe el mes de noviembre la reunión de cónsules destinados en los países con mayor impacto de la nueva normativa sobre nacionalidad. Se trata de una reunión de carácter interno en la funcionarios de la Dirección General de los Registros y Notariado les explicarán a los responsables consulares los criterios a seguir para la aplicación práctica de la Disposición Adicional 7ª.