Hasta el 21 de noviembre se puede solicitar el voto

Los ciudadanos españoles que residan en el extranjero y estén inscritos en el CERA tienen de plazo hasta el 21 de noviembre para solicitar la documentación para votar, al igual que aquellos españoles que vayan a estar en el extranjero no de manera permanente durante el proceso y la jornada de votación.

Los residentes en el extranjero que se encuentren temporalmente en España tienen de plazo hasta el 10 de diciembre para solicitar el voto en cualquier oficina de Correos en España.

La Oficina del Censo Electoral (OCE) remitirá la documentación para votar a quien la haya solicitado correctamente entre el 24 y el 30 de noviembre, plazo que se podrá ampliar hasta el 8 de diciembre en las circunscripciones donde haya impugnación de candidatos.

Por otro lado, un grupo de juristas ha decidido constituirse en plataforma para defender el derecho al voto de los españoles residentes en el extranjero, bajo el nombre de DosMillonesDeVotos.

La plataforma denuncia las consecuencias de la modificación de 2011 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) que -en su opinión- ha tenido un efecto devastador sobre el ejercicio del derecho al voto de estos ciudadanos.