España y Argentina firmaron un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal

El acto tuvo lugar en Buenos Aires el lunes 11 de marzo

Echegaray y Oyarzun valoraron las ventajas que supone el nuevo acuerdo.

El embajador de España en Argentina, Román Oyarzun, y el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) del país austral, Ricardo Echegaray, firmaron el pasado lunes 11 de marzo un convenio con el fin de evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio.

“La firma de hoy es una muy buena noticia para las relaciones entre España y la Argentina, y estoy seguro de que va a provocar un impacto muy favorable en  nuestros empresarios, quienes pueden estar satisfechos porque tienen un claro horizonte de previsibilidad fiscal por delante”, recalcó Oyarzun.

Por su parte, el titular de la AFIP explicó que el nuevo convenio, que una vez aprobado por ambos parlamentos tendrá efectos retroactivos al 1 de enero de este año, “evitará distorsiones en la aplicación de impuestos directos a nivel internacional”.

Cabe recordar que el convenio que regía anteriormente había sido denunciado por las autoridades impositivas argentinas dado que la AFIP estimaba que ciertas empresas no españolas abusaban de los beneficios del mismo a través de la interposición de una sociedad en España, con el principal objetivo de aprovechar ilegítimamente la ventaja fiscal.

Según Oyarzún, la ausencia de un convenio como el que se firmó “sería un desincentivo a la inversión”, por lo que que la nueva rúbrica “supone una mejora y actualización del anterior, facilitando la cooperación de las autoridades fiscales en el adecuado desempeño de sus funciones. Afortunadamente, ambos países pudieron acordar rápidamente, posibilitando un tratamiento tributario adecuado para los contribuyentes que desarrollan actividades en ambas naciones”.

El Convenio para evitar la Doble Imposición es un instrumento importante para estimular la actividad de las empresas argentinas y españolas, y por tanto, para el desarrollo de ambos países, ya que posibilita un tratamiento tributario adecuado a los contribuyentes que desarrollan actividades económicas en ambos países, garantiza la no discriminación y proporciona un marco de previsibilidad jurídica y fiscal que favorece los intercambios económicos bilaterales.

La gran trascendencia que esta normativa tiene para las empresas y los ciudadanos españoles y argentinos radica en que abarca un conjunto muy amplio de hechos imponibles como las rentas inmobiliarias, beneficios empresariales, navegación marítima y aérea, empresas asociadas, dividendos, intereses, cánones o regalías, ganancias de capital, rentas por servicios personales independientes, remuneraciones por servicios personales dependientes, retribuciones de directores y consejeros, rentas de artistas y deportistas, pensiones, percepciones de profesores y estudiantes,  remuneraciones por funciones públicas y el patrimonio, entre otras rentas.