El Tribunal Constitucional admite a trámite el recurso del Gobierno canario contra la reforma de la Loreg

El Ejecutivo insular considera que prohibir el voto exterior en la elección de los cabildos choca con el Estatuto de Autonomía

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso presentado por el Gobierno de Canarias contra los apartados que eliminan el voto de los residentes en el extranjero en las elecciones a los cabildos insulares contenidos en la Ley Orgánica 2/2011 de 28 de enero que reforma la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg).
Así lo ha dictado el alto tribunal en una providencia de fecha 17 de mayo de 2011 y el anuncio se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado viernes 27 de mayo.
En concreto, el recurso se refiere a los apartados 1, 28, y 55 del artículo uno del que consta la Ley Orgánica 2/2011.
El apartado 1 se refiere a la modificación del artículo 2 de la Loreg para exigir que solo puedan votar en las elecciones a cabildos insulares los inscritos en el Censo de Españoles Residentes en España (CERE). El apartado 28 engloba el nuevo artículo 75 de la Loreg que es el que regula el procedimiento de voto de los residentes en el extranjero e instaura el ‘voto rogado’. Por último, el apartado 55 suprime el artículo 190 de la Loreg, en el que se regulaba el voto por correo de los emigrantes.
Desde el Gobierno canario consideran que la reforma de la Ley electoral choca con el Estatuto de Autonomía de las Islas Canarias al incluir a los cabildos entre las instituciones en cuya elección no podrán participar los emigrantes.
El secretario general de Presidencia del Gobierno insular, Fernando Ríos, aseguró recientemente que el Tribunal Constitucional podría tardar entre 3 y 4 años en resolver el recurso.
Representantes de la Plataforma contra la Privación del Derecho de Voto de los Españoles en el Exterior habían manifestado que este recurso era la única esperanza que les quedaba una vez que el Defensor del Pueblo rechazó la petición que le hicieron diversos colectivos para que fuese esta institución la que prsentase el recurso ante el Tribunal Constitucional.