637 euros. En una sentencia, estima el recurso interpuesto por la Fiscalía contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, que lo condenaba a la expulsión de territorio español en sustitución de la pena a cinco años de prisión que le había impuesto. En su resolución, el Supremo se muestra muy crítico con el artículo 89 del Código Penal, incluido en la reforma de este texto acometida por el anterior Gobierno en 2003, que prevé la sustitución de las penas inferiores a seis años de cárcel impuestas a ciudadanos extranjeros por su expulsión del territorio nacional durante diez años.
La nueva reforma del Código Penal, actualmente en estado de tramitación parlamentaria, elimina la obligación de acordar la expulsión de estos extranjeros, aunque podrá ser decretada tras realizar una valoración individualizada de la situación del delincuente.