El PSOE plantea una reforma legal que otorgue de manera más amplia la nacionalidad española a los descendientes de emigrados y exiliados

Dado que en este momento hay un anteproyecto de Ley en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes que justifiquen tal condición y su especial vinculación con España y por el que se modifica el artículo 23 del Código Civil, la diputada por Pontevedra y secretaria de Emigración del PSOE, Carmela Silva, ha preguntado al Gobierno a través de una iniciativa parlamentaria si el Ejecutivo tiene previsto ampliar también de forma temporal, igual que en el caso de los sefardíes, incluir algún otro supuesto de acceso a la nacionalidadespañola de descendientes de españoles.

El PSOE se refiere a tres casos concretos. En primer lugar los descendientes de emigrantes españolas, ya que las mujeres españolas no trasmitían la nacionalidad que ostentaban hasta la entrada en vigor de la Constitución española de 1978, por lo que existe una discriminación brutal por el mero hecho de ser descendientes de españolas en lugar de españoles.

El segundo caso es el de los descendientes de varón que tuvo que renunciar a la nacionalidad española antes del nacimiento de sus hijos. Algunos países receptores de los exiliados y emigrantes exigieron a éstos que renunciaran a la nacionalidad española y adoptaran la nacionalidad de su país de acogida para poder trabar y sobrevivir en él. Aquellos que firmaron esta renuncia cuando sus hijos ya habían nacido, no tuvieron inconveniente para trasmitir la nacionalidad. Sin embargo, cuando esta renuncia se produjo antes del nacimiento de sus descendientes, estos no pudieron optar a la nacionalidad española y, por ende, no se ha trasmitido a sus nietos a través de la disposición recogida en la Ley 52/2007.

Por último, los hijos mayores de edad de quienes han adquirido la nacionalidad por la Ley de Memoria Histórica. Aquellos que han tramitado y obtenido la nacionalidad española acogiéndose a los supuestos que recogía la disposición adicional séptima de la Ley 52/2007, en principio trasmitían la nacionalidad a sus hijos siempre que estos fueran menores de edad. Nos encontramos pues que, aquellos mismos hijos que hubieran cumplido los 18 años en el momento en que su padre o madre haya sido considerado español, no han optado a poder obtener la nacionalidad española. Esto ha supuesto en muchas familias diferenciaciones entre unos hijos y otros.

Los socialistas también plantean si el Gobierno piensa modificiar la legislación que regula el acceso a la nacionalidad española y que establece la obligatoriedad de los descendientes menores de edad de ratificar la nacionalidad. Además, desd eel PSOE preguntan el Ejecutivo si ha hablado ya con los representantes de los colectivos afectados por una reforma del acceso a la nacionalidad y si piensa abrir conversaciones con los restantes partido para consensuar la futura modificación del Código Civil.

Por otra parte, Carmela Silva también ha registrado en el Congreso de los Diputados una pregunta sobre las ayudas a los emigrantes y retornados tal y cómo se comprometió a hacer en su reciente viaje a Argentina y Uruguay.