El juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Celanova (Ourense) ha declarado nulas las participaciones preferentes contratadas por un matrimonio de emigrados en Suiza por importe de 535.000 euros.
Un director de una sucursal de Caixa Galicia había convencido a la pareja para que comprasen preferentes por valor de 450.000 euros de la emisión de septiembre 2009, y otro responsable de una oficina, esta vez de Caixanova, otros 87.000 euros, también de una emisión de 2009, pero esta vez a título derivativo, en fechas 2 de septiembre de 2010 y 22 de febrero de 2011, con la entidad a punto de ser intervenida totalmente.
La sentencia, divulgada por diversos medios de comunicación, resuelve que «la mala comercialización de estos productos fue evidente». En el juicio se mostró una nota manuscrita del primer director en la que explicaba a sus clientes, de su puño y letra, la rentabilidad que le daría el producto en cinco años, e indicaba que en los tres primeros era fija al 7,50 % anual y para el cuarto y quinto año el euríbor a tres meses más 5,15 puntos, «con lo que era evidente que se las habían vendido como un producto a cinco años».
El afectado declaró que las únicas explicaciones que se le dieron fueron las contenidas en el papel manuscrito y que pensó que se trataba de un depósito, que comentó el asunto con su mujer y quedó unos días después con el director de Caixa Galicia para firmar y que hizo sin leer el contrato ya que estaba en la creencia de que contrataba un depósito, tal y como se lo habían expuesto unos días antes.
En la sentencia se recoge que el encargado de la comercialización «tan sólo informó de que se trataba de un producto a cinco años a cuyo término podrían recuperar la inversión, y los réditos que generaba su contratación, sin trasladar a los demandantes ni su forma de cotización, ni de los riesgos de iliquidez».