Las Comunidades Autónomas son las que evalúan el grado de dependencia de los beneficiarios.
Las personas mayores y las personas con discapacidad que sean evaluadas como grandes dependientes tienen ya garantizada la atención y recibirán servicios como ayuda a domicilio, teleasistencia, una plaza en un centro de día o una plaza residencial. En caso de que no exista oferta pública del servicio, recibirán una prestación económica para cuidados en el entorno familiar (de hasta 487 euros), para la adquisición de un servicio en el mercado privado (de hasta 780 euros) o para la contratación de un asistente personal (de hasta 780 euros).
Para acceder a estos servicios y prestaciones, los ciudadanos deben solicitar una evaluación en los servicios sociales de sus Comunidades Autónomas. No obstante, el Gobierno central puso a disposición de los ciudadanos el teléfono de información gratuito 900 40 60 80. Con el real decreto, acordado por el Consejo Territorial de la Dependencia y dictaminado por el Consejo de Estado, se completa el desarrollo reglamentario básico de la ley de dependencia.
200.000 personas
La medida fue autorizada a propuesta del titular de Trabajo y Asuntos Sociales, Jesús Caldera. En 2007, que es el primer año de aplicación de la ley, todas las personas evaluadas como grandes dependientes tienen garantizada la atención, se calcula que en España hay unas 200.000 personas en esta situación.
Los servicios que recibirán estos ciudadanos y que se incluyen en el real decreto aprobado son teleasistencia, ayuda a Domicilio (entre 70 y 90 horas mensuales garantizadas para los casos más graves), plaza en un centro de día o de noche, plaza de atención residencial y prevención y promoción de la autonomía personal. En caso de que no exista oferta pública del servicio que se requiera, las personas con gran dependencia podrán recibir una serie de prestaciones económicas. La prestación económica vinculada al servicio, para que la persona pueda adquirir el servicio en el mercado privado, con para personas de gran dependencia, de 780 euros ó 585 euros. La paga por cuidados en el entorno familiar, son siempre que se den las circunstancias familiares y de otro tipo adecuadas para ello, y de modo excepcional, el beneficiario podrá optar por ser atendido en su entorno familiar, y su cuidador recibirá una compensación económica por ello. El cuidador familiar deberá darse de alta en la Seguridad Social. Esta prestación será de hasta 487 euros mensuales, además del coste de la Seguridad Social y de formación.
La prestación de asistencia personalizada es para los gastos derivados de la contratación de un asistente personal que facilite el acceso a la educación y al trabajo y van de 780 a 585 euros.