El Gobierno deja sin efecto los cambios en la regulación del complemento por cónyuge a cargo que afectaban a los pensionistas retornados

Feaer agrade al Gobierno que "haya tenido una especial sensibilidad hacia los emigrantes retornados españoles"

El Gobierno ha comunicado que deja sin efecto lo establecido en el Real Decreto Ley 5/2013 de 15 de marzo, respecto de los conyuges que perciben pensión de otro país. Esta norma entró en vigor en el pasado mes de marzo y suponía una modificación radical de los requisitos para percibir el complemento por cónyuge a cargo.

El cambio afectaba especialmente a todos los emigrantes retornados que cobran pensiones de España con el citado complemento por cónyuge. Este complemento se perdía si el cónyuge del emigrante cobraba una pensión independientemente de la cuantía. La aplicación de dicha norma suponía situaciones injustas y discriminatorias contra el retornado.

Desde la Federación Española de Asociaciones de Retornados (Feaer) señalan que «gracias a los enormes esfuerzos y a los numerosos contactos y encuentros que esta Federación ha mantenido a todos los niveles, politicos, sociales y gubernamentales, hemos conseguido que el Ejecutivo rectifique, quien después de analizar nuestros planteamientos ha emitido una serie de directrices a las delegaciones provinciales del INSS instando a sus técnicos a que dejen de aplicar la supresión total del citado complemento, aplicando a partir de ahora y con carácter retroactivo, el cálculo prorrateado del complemento teniendo en cuenta la cuantía de la pensión extranjera».

«Feaer se congratula y agradece que el Gobierno, en este caso, haya tenido una especial sensibilidad hacia los emigrantes retornados españoles, retractándose de la modificación que estableció para el complemento por cónyuge», añade la Federación en un comunicado.