El Gobierno aprueba la nueva normativa de los Consejos de Residentes Españoles

Se unificarán las elecciones y asciende a 1.200 el número mínimo de inscritos para constituir un CRE

La participación institucional de los ciudadanos españoles en el exterior estaba regulada en un Real Decreto de 30 de octubre de 1987 y tras la aprobación de la Ley del Estatuto de la Ciudadanía Española en el Exterior, de 2006, que estableció un nuevo marco jurídico de participación institucional de lo residentes en el exterior, se vio la necesidad de modificar también la normativa de los CRE.

Principales cambios
La principal novedad consiste en trasladar las elecciones a estos Consejos de todo el mundo al mismo período, tres meses antes del fin del mandato del Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior (CGCEE). Con esta concentración de elecciones se persigue un doble propósito. Por un lado, dar de continuidad al grupo de consejeros del CGCEE en representación de los CRE durante cada mandato de este órgano.

Por otro, crear una dinámica electoral que atraiga más atención sobre los procesos electorales de los Consejos, con la esperanza de que contribuya a aumentar los niveles de participación, actualmente muy bajos.

Además, para adecuar las normas de las elecciones de los CRE a lo dispuesto en la Ley de Igualdad se establece un porcentaje mínimo del 40 por 100 de cada sexo en las candidaturas.

Asimismo, el nuevo Real Decreto eleva de 700 a 1.200 el número mínimo de españoles residentes en una demarcación consular para que se pueda constituir un CRE. No obstante, la nueva norma prevé que los Consejos que ya estén constituidos en demarcaciones con menos de 1.200 inscritos continuarán funcionando y se renovarán periódicamente mientras mantengan la continuidad de su existencia.