El Gobierno aprueba el proyecto de Ley de Acción Exterior y del Servicio Exterior del Estado

Entre los ámbitos de la acción exterior se incluye la protección de las mujeres españolas en víctimas de violencia de género en el exterior y de sus hijos

El ministro de Asuntos Exteriores y Cooperación, José Manuel García-Margallo, explicó las características de la nueva ley.

El Consejo de Ministros aprobó en su reunión del viernes 14 de junio la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Acción y del Servicio Exterior del Estado.

El Proyecto de Ley refuerza la capacidad del Gobierno, en tanto que director de la política exterior, para coordinar la acción exterior; revitaliza el Consejo de Política Exterior, y su Consejo Ejecutivo; establece instrumentos de planificación que permitan que la acción exterior sea integrada y una plena conexión entre la acción exterior y la política exterior, y concibe el Servicio Exterior del Estado como el instrumento fundamental para la ejecución de la política exterior y la acción exterior al integrar en él a todos los órganos de la Administración General del Estado que actúan en el exterior, así consagrar a los embajadores como los órganos directivos a los que corresponde la coordinación de todos ellos.

Actuaciones en el exterior, viajes y visitas

El texto establece un sistema de información y comunicación de las actuaciones en el exterior y de los viajes y visitas al exterior de todos los actores que se especifican. Persigue una doble finalidad: que el Gobierno facilite a los sujetos de la acción exterior apoyo en su ejecución y, en lo que a los órganos constitucionales y administraciones públicas concierne, que pueda emitir recomendaciones acerca de la adecuación de dichas actuaciones a las directrices, fines y objetivos de la política exterior y a la Estrategia de Acción Exterior.

También se relacionan y describen los ámbitos de la acción exterior, entendidos como aquellos que, por su singular importancia, deben ser atendidos y tenidos en cuenta para la formulación de una política exterior cuyo objetivo último es la defensa de los intereses de España, el progreso y el crecimiento sostenible y el bienestar de la población española, con especial énfasis en la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres y la erradicación de la violencia de género, destacando la atención y protección de las mujeres españolas víctimas de violencia de género y de sus hijos e hijas en el exterior.

También se regula la Estrategia de Acción Exterior que, para un periodo de cuatro años, recoge, ordena geográfica y sectorialmente, prioriza y fija los objetivos de todas las actuaciones y ámbitos hacia unos fines comunes, alineados con la política exterior.

Consejo de Política Exterior

En cuanto a los mecanismos de coordinación, se presta especial atención a un órgano clave para la consecución de sus objetivos, el Consejo de Política Exterior, órgano colegiado asesor del presidente del Gobierno en su tarea de dirección de la política exterior, que se configura como el principal garante de la coherencia interna de la acción exterior del Estado y la plena coordinación entre la acción exterior y la política exterior. Este órgano colegiado adquiere, además, un protagonismo esencial, a través de su Consejo Ejecutivo, al que corresponde formular propuestas relativas a la adecuación y mejor ordenación de los medios humanos, presupuestarios y materiales del Servicio Exterior.

Administración en el Exterior

El Proyecto de Ley configura una nueva organización de la Administración del Estado en el exterior, el Servicio Exterior del Estado.

A este respecto, se ha atendido la sugerencia del Consejo de Estado de precisar que las Comunidades Autónomas deben supeditarse a los instrumentos de planificación de la acción exterior sólo en aquello enmarcado en la definición de directrices de actuación propias de la política exterior del Estado o que se inserten en el ámbito de las relaciones internacionales de España.

La Ley introduce como novedad un sistema de información y comunicación al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de las actuaciones y de los viajes y visitas al exterior por parte de los sujetos de acción exterior con objeto de que les pueda facilitar apoyo en su ejecución. En lo que a los Órganos Constitucionales y Administraciones Públicas concierne, precisa que se puedan emitir recomendaciones, que serán motivadas, siguiendo la recomendación del Consejo de Estado, acerca de la adecuación de dichas actuaciones a las directrices, fines y objetivos de la política exterior.

Comunidades Autónomas

La Ley reconoce no sólo la capacidad de las Comunidades Autónomas para establecer oficinas en el exterior, sino que además las anima a integrarse en los locales del Servicio Exterior del Estado como medida para coadyuvar a la mayor austeridad en el gasto público.

Como novedad la Ley establece las bases para que el Consejo Ejecutivo de Política Exterior pueda recomendar la adopción de medidas de gestión integrada en las misiones diplomáticas a través del establecimiento, allí donde se considere conveniente, de una Sección de Servicios Comunes que procure, además, un más eficiente aprovechamiento de los recursos.

Se introducen también nuevos conceptos y nuevas formas de diplomacia y representación, aprovechando la potencialidad que ofrece el despliegue del Servicio Europeo de Acción Exterior y de sus delegaciones en el exterior, que puede ser utilizado en beneficio de España para llegar a aquellos países donde actualmente no estamos presentes o acordar con los Estados que integran la Comunidad Iberoamericana de Naciones la creación de oficinas sectoriales conjuntas en terceros estados.