El Ministerio de Trabajo e Inmigración aprobó la orden que regula la Contratación Colectiva en Origen de trabajadores extranjeros de régimen no comunitario en España para el año 2010. Dicha orden sustituye, de acuerdo a la Reforma de la Ley de Extranjería, el Acuerdo del Consejo de Ministros de Contingente tal y como se venía efectuando con anterioridad. El Gobierno, a través de la Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, establece la cifra provisional de las ocupaciones y cifras previstas de contratación a través de este procedimiento, teniendo en cuenta la situación nacional de empleo y al que sólo tendrán acceso aquellas personas que se encuentren fuera de España. La previsión de Contratación Colectiva de Trabajadores para 2010 se hizo teniendo en cuenta las solicitudes de las comunidades autónomas y las organizaciones sindicales y empresariales más representativas que forman parte de la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración.
La cifra para el 2010 es de 168 puestos de trabajo de carácter estable y puede ser objeto de modificaciones dependiendo de la evolución anual de las necesidades del mercado de trabajo. Representa un descenso de más del ochenta por ciento con respecto a la cifra aprobada para 2009 (de 901 a 168 contrataciones), lo que viene a reflejar que la prioridad del Gobierno en materia de empleo se centra en la recolocación interna y tan solo se incluyen aquellas ocupaciones demandadas ante la falta de candidatos en el marcado laboral español. También se constata la tendencia hacia una mayor cualificación en los puestos demandados por los empleadores. Así, se trata principalmente de puestos de médicos y de ingenieros.
Las ofertas de trabajo de carácter estable, que tendrán una duración no inferior a un año, serán tramitadas por la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, a través de la Dirección General de Inmigración.