Desestimada la demanda de Telma Ortiz para proteger su vida privada

La hermana de la Princesa de Asturias pedía medidas cautelares contra 57 medios de comunicación

Desestimó la demanda en un auto en el que afirma que, “sin hacer referencia” al parentesco de Telma Ortiz con su hermana Letizia, Princesa de Asturias, señala que es “evidente” la “inviabilidad jurídica” de su solicitud por considerar que la demandante sí tiene proyección pública. “Se interesa la condición de proyección de particular sin proyección pública, cuando a renglón seguido se admite y reconoce que participan (Ortiz y su pareja Enrique Martín-Llop) de hechos y actos que sí la tienen”, dice el auto.
La magistrada distingue los supuestos en los que debe protegerse la intimidad y el derecho a la propia imagen de particulares anónimos, amparados en la Constitución, y la de aquellos con proyección pública y cuya imagen es conocida, como el caso de Telma Ortiz. Y rechaza el supuesto de “mala fe o temeridad” en la demanda contra el más de medio centenar de medios, que fue alegado “de forma genérica” por los abogados en su petición para que se rechazaran las medidas cautelares, y el argumento de los letrados de que la adopción de medidas cautelares supondría un acto de censura previa, expresamente prohibido por la Constitución.