Desde el 1 de mayo es delito conducir sin carné por perder los puntos o no obtenerlo

La pena es 6 meses de prisión, multa y trabajos en favor de la comunidad

Quien incurra en este delito se arriesga a penas de seis meses de prisión, multa y trabajos en beneficio de la comunidad. En sólo 5 días, fueron detenidas 128 personas.
El pasado 1 de mayo entró en vigor la reforma del Código Penal en que se tipifica como delito conducir sin haber obtenido el necesario permiso o licencia de conducción, lo que hasta ahora tenía consideración de infracción administrativa, o habiéndolo perdido por agotar el crédito de puntos o por tenerlo retirado, tal como informó el Ministerio del Interior.
Esta reforma afecta al artículo 384 del Código Penal en que se especifica que conducir un vehículo a motor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción pasa a tener la consideración de delito, que se castiga con la pena de prisión de tres a seis meses ó con la de multa de doce a 24 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a noventa días, aplicándose las mismas penas al conductor que haya sido privado del permiso por pérdida total de los puntos asignados legalmente o por decisión judicial y siga conduciendo.
La Dirección General de Tráfico realizó una campaña informativa específica remitiendo una carta a los, aproximadamente, 25.000 conductores infractores a los que durante el año 2007 se les abrió expediente sancionador administrativo por conducir sin haber obtenido nunca el permiso de conducir necesario. La reforma del Código Penal que entró en vigor el pasado día 2 de diciembre pasado, establecía una moratoria hasta el 1 de mayo para este delito. Otros delitos contra la seguridad del tráfico que ya estaban en vigor son, en cuanto a la velocidad, excesos sobre el límite en sesenta kilómetros en zona urbana o en ochenta kilómetros en carretera, penados con prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta a noventa días, así como privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.
Estas mismas penas se aplican si el conductor tiene un índice de alcoholemia de 0,6 mlgr/l aire ó 1,2 gr/l en sangre. Si el conductor se niega a someterse a la prueba, habrá prisión de seis meses a un año y se le privará del derecho a conducir de uno a cuatro años.
Puente de mayo
Por otro lado, 39 personas murieron en accidentes de tráfico durante el ‘puente de mayo’, tres menos que en el mismo puente del año pasado que tuvo un día más. Desde las 15.00 horas del pasado día 30 hasta las 23.59 del 4, se produjeron 32 accidentes mortales en carretera, en los que además 29 personas resultaron heridas. Ocho de estos accidentes corresponden a motocicletas, con ocho muertos.