Cerca de 130 comunidades andaluzas en el exterior tienen que subsanar errores en sus solicitudes de subvención

Tienen de plazo hasta el 20 de octubre aunque las del extranjero podrían pedir una prórroga de 5 días más

El jefe del Servicio de Relaciones con las Comunidades Andaluzas, Antonio Ramos Olivares, firmó un anuncio de fecha 7 de octubre de 2014, de la Secretaría General de Acción Exterior, mediante el que se notifica a los interesados -más de un centenar de asociaciones asentadas en España y otras 21 del extranjero- el requerimiento para el trámite de subsanación de solicitudes convocadas mediante Orden de 16 de julio de 2014, por la que se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2014 para la concesión de subvenciones a las Comunidades Andaluzas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a actividades de promoción cultural, de orientación a la población andaluza en el exterior así como para el mantenimiento de dichas entidades.
Por dicho anuncio, la Secretaría General de Acción Exterior notifica las incidencias detectadas en las solicitudes presentadas que conllevan el incumplimiento de los requisitos exigidos a cerca de un centenar de entidades asentadas en España, además de la Federación de Entidades Culturales Andaluzas en Cataluña (Fecac), la Federación de Comunidades Andaluzas Centro de España (Fecace), la Federación de Asociaciones Regionales Andaluzas en Euskadi (Farae), la Federación de Entidades y Centros Andaluces en Baleares, la Federación Andaluza de Comunidades en Barcelona, la Confederación Andaluza de Peñas Flamencas de Alhaurín el Grande (Granada) y la Asociación Cultural CTV Teatro de Dos Hermanas (Sevilla).
En cuanto a las comunidades andaluzas del extranjero, hay 9 afectadas en Argentina (2 de Mendoza, 2 de Comodoro Rivadavia, y 1 de General Alvear, San Juan, Santa Fe, Rosario y Santos Lugares), 3 de Bélgica (Bruselas, Vilvoorde y Lieja), 2 de Chile ( Valparaíso y Santiago de Chile), 2 de Francia (Bourgogne y Nimes), y 1 de Cuba, Puerto Rico, México, Colombia y Brasil, respectivamente.
Perderían la opción
Así mismo, mediante el anuncio de Acción Exterior se procede al requerimiento a los solicitantes mencionados, con detalle de denominación de la asociación, localidad, número y motivo de subsanación, para que en el plazo de 10 días, procedan a la subsanación de las incidencias relacionadas. Este plazo podrá ser ampliado, hasta 5 días a petición de las entidades solicitantes de la subvención o a iniciativa del órganos instructor cuando afecte a entidades interesadas residentes fuera de España o cuando se haya de cumplimentar algún trámite en el extranjero. De no hacerlo así, se les tendrá por desistidas de su solicitud de acuerdo con lo dispuesto en el art. 71 de la Ley 30/19992 de 26 de noviembre, previa resolución que será dictada en los términos del art. 42.1 de la referida Ley.
Esta publicación se efectúa sin perjuicio de las posibles incidencias que pudieran afectar a los expedientes en futuras verificaciones. Por tanto, en resumen, se requiere a las entidades afectadas para que procedan hasta el 20 de octubre, inclusive, a la subsanación de las incidencias que en cada caso se les señalan; con la indicación de que, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidas de su solicitud.
Sin perjuicio de su remisión al Registro General de la Consejería de la Presidencia o a los indicados en la Orden de 15 de julio de 2014 por la que se establecen las bases reguladora de la convocatoria, deberá anticiparse el documento de subsanación mediante fax al número 955 035 269.