Centro Gallego de Buenos Aires y Galicia Saúde firman el traspaso del personal del hospital

Aunque mantienen serias diferencias sobre las responsabilidades de cara a los empleados que debe asumir cada parte

La firma del acta se demoró cuatro horas por las tensas negociaciones de último momento.

El acta fue firmada por el Delegado de la Xunta de Galicia en Buenos Aires, Alejandro López Dobarro, en su calidad de representante de la Fundación Galicia Saúde, y el presidente del Centro Gallego, Carlos Vello, en un acto del que participaron también Rubén Óscar Conti, síndico designado ante el concurso preventivo de acreedores de Galicia Saúde; Patricio Jarpa, delegado del sindicato de trabajadores de la sanidad argentina, y los letrados representantes de las partes involucradas.
Luego de la extinción de la Fundación Galicia Saúde, que gestionó durante más de ocho años el hospital del Centro Gallego, y de la entrada en convocatoria de acreedores de la misma, la transferencia formal de los contratos de trabajo del personal de la institución sanitaria era uno de los puntos que aún quedaban pendientes para que la entidad presidida por Vello recuperara la totalidad de la gestión del hospital, aunque las negociaciones entre ambas partes fueron más duras de lo previsto, tal como se puede comprobar en el acta firmada.
Duras negociaciones
Según consta en la misma, Galicia Saúde requirió al Centro Gallego que tome a su cargo la totalidad de los juicios laborales iniciados y reclamos administrativos en trámite, punto no aceptado por el Centro Gallego al entender que los intereses comprometidos no le permite a Galicia Saúde eximirse de sus obligaciones, en orden a la consecución de dichos procesos, con las consecuencias jurídicas y económicas que cada uno de ellos pudieran acarrear.
Asimismo, el Centro Gallego dejó constancia en el acta de que al día de la fecha Galicia Saúde no presentó la documentación por la cual se acredita el pago de diversos aportes al personal (ley de riesgo de trabajo, seguro de vida, aportes previsionales, etc.) correspondientes a abril y mayo 2011, lo que ocasiona al personal la imposibilidad de percibir diversas prestaciones a cargo del Estado argentino, así como recibos de sueldo del personal a su cargo hasta la fecha del traspaso efectivo, además de los libros de ley respecto del personal y constancia de la baja del mismo y la liquidación y/o pago proporcional del aguinaldo y vacaciones.
Improcedente
Al respecto, Galicia Saúde manifestó que el requerimiento resulta improcedente por cuanto el cumplimiento del pago de dichas cuestiones “son responsabilidad del Centro Gallego toda vez que desde el 14 de enero de 2011 resulta ser el real empleador por cuanto ha reasumido la gestión sanitaria del hospital”.
Por la misma razón, sostuvo además que cualquier deuda u obligación que se hubiera devengado con anterioridad a esa fecha también tiene que ser asumida por el Centro Gallego, “toda vez que Galicia Saúde al asumir la administración del hospital se hizo cargo de esta clase de deuda, razón por la cual en virtud del concepto sinalagmático que rige el contrato suscrito entre las partes corresponde que el Centro Gallego se haga cargo de las eventuales deudas, y que a todo evento, cualquier tipo de deuda que se pudiera haber devengado en cabeza de la Fundación deberá ser verificada en el Concurso Preventivo de ésta”, por lo cual, la entidad Galicia Saúde manifestó que los supuestos incumplimientos son de exclusiva responsabilidad del Centro Gallego.
A su vez, la entidad presidida por Vello dejó expresamente asentado que Galicia Saúde “no puede pretender sanear en este acto su pasivo, mucho menos transferirlo a un tercero, por medio de una arbitraria y unilateral interpretación abusiva del derecho, por tanto debe responder hasta tanto le corresponda por las obligaciones contraídas antes del cese de la Fundación y el contrato entre ambas partes”. Consecuentemente, el Centro Gallego desestimó éste y todos los demás planteos de Galicia Saúde.
Así, mientras que la Fundación rechazó “la existencia de las supuestas condiciones laborales esgrimidas siendo eventualmente las mismas responsabilidad del Centro Gallego”, la institución aludida objetó “toda responsabilidad que es propia de Galicia Saúde en calidad de empleadora hasta la fecha del presente traspaso”.
Reconocen las condiciones laborales
Finalmente, el Centro Gallego dejó expresa constancia de que reconoce la antigüedad, el salario convencional o de ley debidamente registrado y demás normas convencionales de los trabajadores traspasados. Ambas partes concordaron en que las bajas de personal serán implementadas en el menor plazo posible dentro de los términos vigentes, mientras que la posterior alta de las mismas se llevará a cabo en un término no superior a las 48 horas de la firma del acta, que será formalizada posteriormente en el Ministerio de Trabajo argentino.
Los desacuerdos han quedado plasmados en el acta y deberá ser el juez que supervise la suspensión de pagos de la Fundación quien establezca las diferentes responsabilidades.