El Informe de 2012 del Defensor del Pueblo, entregado por la titular de esta institución, Soledad Becerril, al presidente del Congreso de los Diputados, Jesús Posada, el miércoles 27 de febrero, recoge que en materia de emigración y atención de los españoles residentes en el extranjero se recibieron un total de 23 quejas. Además, otras 76 quejas estuvieron relacionadas con Asuntos Exteriores y 39 con presos españoles en el extranjero.
Según dicho Informe “la suficiencia y calidad de los servicios prestados por los consulados a los ciudadanos españoles en el exterior continúa siendo, un año más, el principal motivo de queja” en el apartado de emigración y asistencia a los ciudadanos españoles en el exterior.
En este sentido se indica que “se ha producido un aumento en las quejas por la atención consular en países de la Unión Europea que están recibiendo la llegada de nuevos residentes españoles, según comunica la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios, y ello debido a un aumento de la emigración española unido a un incremento del turismo”.
Por ello, desde el Defensor del Pueblo se indica que “este aumento de residentes supone que se hayan de reforzar departamentos de esos consulados que con anterioridad no sufrían esa carga de trabajo, tales como: Registro Civil, Notaría, visados, legalizaciones o asistencia social y que por diversas causas habían perdido parte de su plantilla en años anteriores”.
Se añade en el informe que “se han realizado nuevas intervenciones ante quejas recibidas debido a la situación de precariedad y necesidad económica de ciudadanos españoles en el extranjero que reclaman por la atención recibida y solicitan información acerca de las ayudas que les pueden prestar los consulados”.
Por otra parte, el informe presentado el pasado miércoles en el Congreso indica que una vez una vez finalizado el plazo para optar a la nacionalidad española al amparo de la disposición adicional 7ª de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, “se ha constatado que el volumen de quejas recibidas en torno al funcionamiento de las oficinas consulares ha disminuido considerablemente durante este año 2012”.
Se reconoce que los consulados “han hecho un importante esfuerzo y han destinados los recursos materiales y humanos disponibles” aunque éstos “se han mostrado insuficientes”.
En concreto, se indica, al igual que en el informe de 2011, que el sistema de citas por internet y las líneas de atención telefónica, en varios consulados, llegaron a colapsarse.
2.460 españoles presos en el extranjero
Respecto a la situación de los presos españoles en el extranjero el Informe indica que “a fecha 28 de diciembre de 2012, 2.460 españoles se encontraban en prisiones de otros países. Por número cabe destacar Perú, con 296 presos españoles, Colombia (236), Italia (209), Francia (194), Brasil (171) y Marruecos (171)”.
Sobre este colectivo se señala que “durante los últimos años se han recibido diversas quejas de ciudadanos españoles que han sido sentenciados en el extranjero y optan por solicitar su traslado a España para cumplir su condena en virtud de los convenios firmados a tal efecto. Así, se dirigen a esta Institución solicitando información sobre sus expedientes de traslado que habitualmente suelen demorarse hasta dieciocho meses. Se ha constatado, en reiteradas ocasiones, que una vez aprobados estos traslados transcurre un largo período hasta que se materializan los mismos. Por ello se ha solicitado a la Interpol, a través de la Dirección General de la Policía, información sobre los obstáculos que se vienen encontrando y que impiden agilizar el traslado de personas condenadas, así como que se indique el tiempo medio de su realización”.
Un caso sangrante
En concreto se menciona el caso de un ciudadano español fallecido estando preso en Panamá. Esta institución solicitó al Ministerio de Justicia que aclarase las causas por las cuales no se había realizado el traslado por vía de urgencia, conociendo la precaria salud del preso. Asimismo, se pidió información acerca de la fecha en la que se tuvo conocimiento del fallecimiento.
Se da la circunstancia de que el traslado para cumplir condena en España fue aprobado un mes después de su muerte.
La Secretaría de Estado de Justicia alegó que en ningún momento tuvieron conocimiento de los problemas de salud del ciudadano español ni de su fallecimiento, por lo que el Defensor del Pueblo formuló una recomendación con el fin de que en los expedientes de traslado se deje constancia de la situación sanitaria del preso a la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios, recomendación que ha sido aceptada.
Por último se hace mención el seguimiento constante que se realiza de la situación de aquellos presos españoles condenados a pena de muerte. En fechas recientes, se ha dirigido una solicitud de colaboración a la Fiscalía General del Estado con el fin de que pida información al fiscal general de donde se encuentra cada preso español condenado a muerte, ya que el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, en su artículo 3, número 15, establece entre sus funciones la de prestar el auxilio judicial internacional previsto en las leyes, tratados y convenios internacionales.