Altos funcionarios de Exteriores critican la reforma de la Loreg al considerar que discrimina a los emigrantes

Para el cónsul Brugarolas “la introducción del voto rogado supondrá una injustificable limitación”

Intervención de Guillermo Brugarolas en el pleno del Consejo General de la Emigración en 2004.

El cónsul general de España en Francia, Carlos Cardedera, y el que fuera cónsul de España en Uruguay y subdirector general de Asunto Sociales de la Dirección General de Asuntos Consulares, Guillermo Brugarolas, han critica la reforma de la ley electoral al considerar que limita los derechos de los españoles en el exterior de forma discriminatoria.
Brugarolas afirma en un escrito que la reforma “va en la dirección equivocada, pues en lugar de ampliar los plazos estos se acortan y, además, se introducen limitaciones gravísimas como es generalizar la obligatoriedad del voto rogado, que supondrá una injustificable limitación del ejercicio del derecho de voto de nuestros conciudadanos residentes en el extranjero”.
“La reforma que se avecina, si no se modifica el rumbo, parte de una desconfianza intolerable hacia el español emigrante. La única justificación que encuentro para tratar de comprender por qué se acortan los plazos es que no quieran los partidos políticos esperar más días a tener los resultados definitivos del escrutinio general, pero este interés no debiera ser la excusa para después de 25 años de éxito en la participación electoral de los emigrantes -pues, con todos los inconvenientes, ha sido una historia muy positiva para ellos- limitar tan drásticamente un ejercicio tan ciudadano como el del voto a un colectivo al que históricamente y en la actualidad España debe tanto”, añade.
Por su parte, Carlos Cardedera afirmó en un acto con emigrantes navarros que “no estoy de acuerdo conque los emigrantes españoles no puedan votar en las municipales y no comprendo que los principales grupos políticos para esto llegaran a un acuerdo y no se pongan de acuerdo en temas tan importantes como la crisis económica que vosotros como emigrantes españoles también la sufrís”.
Respecto al acceso a la nacionalidad y la automática concesión del derecho al voto Cardedera afirmó que “estamos dando derechos muchas veces a esta gente que a veces ni hablan español y en cambio le estamos quitando derechos y poniendo dificultades a los españoles en la emigración”.
Por su parte, Guillermo Brugarolas, bien conocido por la colectividad tanto por su trabajo como cónsul en Montevideo y en Zurich y su asistencia a numerosos plenos del entonces Consejo General de la Emigración, analiza algunos aspectos concretos de la reforma que afectan directamente a los residentes en el exterior al complicar excesivamente el procedimiento de voto.
Viola normas constitucionales
Considera que la reforma “al recortar drásticamente la posibilidad de emisión del voto desde el exterior, violaría a mi entender normas constitucionales” y con ella “se modifican, además, aspectos sustantivos de la participación electoral de los españoles residentes en el extranjero, que suponen graves limitaciones al ejercicio del derecho de voto desde el exterior, en contra de la normativa que se fue desarrollando en la materia en los últimos 25 años”.
Para Brugarolas los cambios propuestos en las dos modalidades para emitir el sufragio -el voto por correo y el depósito de voto en el consulado- “harán mucho más difícil, sino imposibles, que cientos de miles de nuestros compatriotas residentes en zonas del mundo alejadas o en países con servicios postales deficientes puedan votar. En lugar de mejorar la emisión del voto exterior, se ponen muchas trabas”.
Respecto a la introducción del voto rogado el cónsul señala que “los plazos para solicitar el voto y para enviar la documentación electoral desde España que se pretenden establecer son muy exiguos y muchos electores residentes en lugares apartados o en países del Tercer Mundo se quedarán directamente sin poder ejercer su derecho”. Si las dificultades con el sistema actual ya eran importante, con el nuevo “se verán multiplicadas”.
Sobre el voto en urna: “La actual reforma no innova”
En cuanto al denominado voto en urna, Brugarolas critica el intento de los partidos de vender esta medida como la respuesta a una reclamación histórica de la emigración.
“La actual reforma no innova en nada la situación actual, pues los votos ya se están depositando en los Consulados en urnas. Con la reforma, igual que antes, los electores debidamente identificados podrán depositar su voto en urna”, afirma.
Y señala que incluso lo que se pretender vender como un avance supone un retroceso. “Hasta ahora podían acudir al Consulado a votar a partir de que recibían su documentación electoral enviada directamente a su domicilio, cualquier día hasta el domingo anterior al día de la elección (es decir hasta siete días antes), incluidos los dos últimos sábado y domingo. Con la reforma, sólo lo podrán hacer durante tres días, el miércoles, jueves y viernes antes del domingo de elección en España”.
Con las modificaciones que pretenden aprobar “se acortan por un lado los días de depósito consular, y por otro no se incluye ni sábado ni domingo, por lo que los españoles residentes en el extranjero que vivan o trabajen en lugares muy alejados no podrán utilizar la fórmula del depósito consular”.
Cuatro días menos para enviar el sufragio por correo
En cuanto al envío del voto por correo certificado, Brugarolas también destaca que “en esta modalidad, los plazos también se acortan con la reforma que se pretende con grave perjuicio para el elector en el extranjero, pues si hasta ahora se podía enviar el sobre de votación hasta el sábado anterior al domingo de las elecciones (es decir, hasta el día anterior al de la elección en España), a partir de la reforma de la Loreg deberá enviarse ‘no más tarde del quinto día anterior al día de la elección’, con lo que se recorta en cuatro días esenciales el margen para los españoles en el extranjero de poder emitir su voto por correo”.
Para el cónsul, el envío del voto por correo certificado seguirá siendo la fórmula más utilizada por los emigrantes “teniendo en cuenta las dificultades de todo tipo de acceder al Consulado a depositar el voto en un plazo de sólo tres días laborales”.