Más de 461.000 gallegos residentes en el extranjero y 76.000 vascos que viven fuera de España podrán ejercer su derecho a voto en las elecciones autonómicas convocadas por Alberto Núñez Feijóo e Iñigo Urkullu para el próximo 12 de julio. Esta es la nueva fecha que ambos dirigentes han decidido tras la suspensión de la convocatoria que estaba prevista para el pasado 5 de abril a causa del coronavirus.
El Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) del 1 de marzo de 2020 es el que se toma como válido para estos comicios. Según dichos datos, en la provincia de A Coruña hay registrados casi 160.000 electores en el extranjero; 133.500 en la de Pontevedra; más de 101.000 en la de Ourense y cerca de 67.500 en la de Lugo.

Asimismo, en la provincia de Bizkaia hay más de 40.300 electores en el extranjero; en la de Gipuzkoa superan los 28.100 y en la de Áraba más de 7.200.
Estas cifras son provisionales a falta de que la Oficina del Censo Electoral (OCE) publique las oficiales. Además, entre el 25 de mayo y el 1 de junio se podrá consultar el CERA en los consulados y presentar las reclamaciones oportunas, que deberá resolver la OCE no más tarde del 4 de junio.
Ruego del voto
Para poder participar en estos comicios, los gallegos y vascos que viven fuera de España deberán rogar el voto, es decir, solicitar la documentación para votar, no más tarde del próximo 13 de junio. Desde la Oficina del Censo Electoral (OCE) se les enviará a todos los inscritos en el CERA un impreso oficial para que puedan realizar dicha solicitud ya sea por correo o por fax; y también una clave para que puedan realizarla a través de internet.
Para hacer uso de internet es necesario acceder a la sede electrónica del INE, e identificarse por el sistema Cl@ve o con la clave enviada en el impreso oficial.
Novedad
Como novedad, en estas elecciones se va a habilitar en los próximos días un nuevo trámite que permitirá a los electores residentes en el extranjero consultar la clave que posibilitará realizar por internet el ‘ruego del voto’ sin esperar a recibir el impreso oficial. La clave para las elecciones del 12 de julio es la misma que la enviada para las elecciones previstas para el 5 de abril. Puede consultarse pinchando aquí.
El impreso de solicitud del voto se puede descargar en castellano y en gallego para las elecciones gallegas, y en castellano y en euskera para las elecciones vascas; y enviar por correo postal o fax a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente a su municipio de inscripción vigente para estas elecciones.
En todos los casos, excepto la solicitud por internet con certificado electrónico, el impreso de solicitud debe ir acompañado de uno de los siguientes documentos: fotocopia del DNI español; fotocopia del pasaporte expedido por las autoridades españolas; certificado de nacionalidad (de expedición gratuita por el consulado o embajada en la que esté inscrito); o certificado de inscripción en el Registro de Matrícula Consular (de expedición gratuita por el consulado o embajada en la que esté inscrito).
Envío de documentación y voto
Cada Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral enviará no más tarde del 22 de junio la documentación necesaria para votar a quien la haya solicitado correctamente. Plazo puede ampliable hasta el 30 de junio en aquellas circunscripciones donde haya impugnación de candidaturas.
Los electores residentes en el extranjero pueden votar de dos formas. Una, depositando personalmente su voto en la urna habilitada en el consulado o embajada en la que se encuentre inscrito los días 8, 9 y 10 de julio. Otra, remitiendo su voto por correo certificado al citado consulado o embajada, para lo que tienen de plazo hasta el 7 de julio. Es importante recordar que el votante no debe enviar su sufragio directamente a la Junta Electoral ya que serán considerados votos nulos los que no hayan sido recibidos a través de los correspondientes consulados.
Situaciones especiales
Los electores residentes en el extranjero, que se encuentren temporalmente en España, pueden solicitar el voto en cualquier oficina de Correos del 19 de mayo al 2 de julio. La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral enviará del 22 de junio al 5 de julio la documentación necesaria para que puedan votar. Recibida la documentación, estos electores deben enviar su voto a la mesa electoral, por correo certificado, no más tarde del 8 de julio.
Por otra parte, los electores residentes en España que se encuentren temporalmente en el extranjero, una vez efectuada la convocatoria y que prevean permanecer en esa situación hasta el día de la votación, y deseen participar en las elecciones, deben figurar inscritos en el Registro de Matrícula Consular como no residentes y solicitar la documentación para ejercer su derecho de sufragio desde el extranjero a la correspondiente Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, no más tarde del día 13 de junio. Dicha solicitud debe entregarse personalmente en la oficina consular de carrera o sección consular de embajada (consulado español más cercano a su residencia en el extranjero).
La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente remite al elector -al domicilio en el extranjero indicado en la solicitud-, entre el 16 y el 22 de junio por correo certificado, la documentación necesaria para que pueda emitir su voto. Este plazo puede ampliarse hasta el 30 de junio en el caso de haber impugnación de candidatos.
Recibida la documentación, los electores deben enviar su voto a la mesa electoral, por correo certificado, no más tarde del 8 de julio.
Escrutinio más tarde
Cabe recordar que tanto en Galicia como en el País Vasco el escrutinio del voto exterior se realiza en fecha distinta a la fijada en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg) ya que ambas autonomías cuentan con ley electoral propia.
Así, en Galicia el escrutinio de los votos de los residentes ausentes se realizará entre el lunes 20 y el miércoles 22 de julio; y en el País Vasco será el viernes 17 de julio.
Por ahora se desconoce si se tomarán medidas que faciliten los pasos a los residentes en el exterior ante la crisis sanitaria o si servirán las solicitudes de voto realizadas en el anterior proceso suspendido.
Hola
Aquí en Cuba donde vivo de por sí es difícil ejercer el voto, muchas veces no llega la documentación y en otras ocasiones llega tarde. En mi caso particular ,he tenido mucha suerte y siempre he efectuado el voto. Conozco personalmente muchas personas que no lo han podido hacer debido a lo anteriormente planteado. Estamos en esta ocasión en medio del enfrentamiento a la pandemia, con la frontera cerrada hacia el exterior. No creo que sea posible antes del 13 de junio rogar el voto en estas circunstancias especiales.