La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado que los electores gallegos y vascos residentes en el extranjero tengan que realizar de nuevo el ruego del voto para participar en los comicios que se celebrarán en ambas comunidades autónomas el próximo 12 de julio.
La JEC tomó esta decisión en su reunión del pasado 28 de mayo después de que la Oficina del Censo Electoral (OCE) retirase su petición de que las solicitudes de voto registradas para las elecciones de abril fuesen válidas ahora.
El día 25 de marzo, siete días después de que se decretase la suspensión de los comicios autonómicos gallegos y vascos del 5 de abril, la OCE presentó una nota ante la JEC –a la que ha tenido acceso España Exterior– en la que proponía que las 20.744 solicitudes de voto realizadas por ciudadanos gallegos y vascos residentes en el extranjero –y que ya habían sido registradas y grabadas– fuesen válidas “para los nuevos procesos electorales que se convoquen en Galicia y País Vasco”.
Además, la OCE proponía que, una vez que fuesen convocadas las nuevas elecciones, enviaría a todos los residentes en el exterior censados el impreso oficial con la misma clave de tramitación telemática (CTT) enviada para los comicios de abril. Y que a los electores que ya hubiesen realizado el ruego del voto se les enviaría una carta informativa de que se mantiene la solicitud aceptada.
La Xunta de Galicia, conocedora de esta propuesta de la OCE, solicitó a la JEC en una carta enviada el 27 de mayo por el vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administracións Públicas e Xustiza del Ejecutivo autonómico, Alfonso Rueda, al presidente de la Junta Electoral Central, Antonio Jesús Fonseca-Herrero, que se pronunciase al respecto “en el sentido de mantener la validez de las solicitudes del voto CERA formuladas hasta el 7 de marzo y ya aceptadas para las elecciones del 5 de abril”. En el escrito –al que ha tenido acceso España Exterior–, el vicepresidente de la Xunta también señala que, en los últimos días, tanto la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos como el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación han puesto de manifiesto “la especial dificultad que existe para ejercer el derecho al sufragio en el exterior, extensible por lo tanto, con más razón si cabe, a la realización ex novo de trámites cuya conservación se solicita”.
Así las cosas, la JEC decide abordar la nota enviada por la OCE con fecha de 25 de marzo en la sesión que celebra el 28 de mayo y la OCE decide entonces retirar su propuesta de que fuesen válidas las solicitudes de voto realizadas hasta el 7 de marzo por lo que para la JEC “no procede adoptar acuerdo”, según se indica en el acuerdo.
La JEC si que acepta la segunda propuesta contenida en el escrito de la OCE que es “destruir el material de los procesos electorales que han quedado sin efecto que no sea de aplicación a las nuevas elecciones convocadas”.
Cabe recordar que el plazo para solicitar el voto desde el exterior finaliza el próximo 13 de junio.