Los consulados convocan las elecciones a los Consejos de Residentes Españoles

La jornada de votación se fijará entre el 28 de abril y el 13 de mayo

Elecciones a los CRE 2026
Un español votando en las elecciones al CRE de Montevideo celebradas en 2021 en plena pandemia.

Los consulados españoles convocaron el pasado 15 de enero las elecciones de renovación de los Consejos de Residentes Españoles (CRE) o de constitución de nuevos allí donde sea posible según la normativa. La jornada de votación se celebrará entre el 28 de abril y el 13 de mayo.

Los CRE son órganos consultivos y de participación ciudadana, adscritos a las oficinas consulares españolas, que representan y asesoran a los españoles que viven en el extranjero, sirviendo de canal de comunicación entre la comunidad y el consulado para defender sus derechos civiles, laborales y culturales, y para mejorar los servicios consulares.

Estas elecciones servirán para renovar los miembros de los CRE en las demarcaciones consulares donde hay un mínimo de 1.200 españoles inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) y en aquellas donde ya existe un CRE, aunque el número de censados sea menor a 1.200. También se ofrece la posibilidad de constituir un CRE en aquellas demarcaciones donde no existe.

Una vez realizada la convocatoria de las elecciones e insertado el acuerdo del 15 de enero de 2026 de convocatoria en el tablón de anuncios de cada oficina consular, los interesados tienen un plazo de dos meses para presentar candidaturas. Así, el plazo finalizaría el 15 de marzo, pero al ser domingo se ampliará hasta el 16 de marzo.

Las listas de candidatos deberán estar respaldadas por la firma de un número no inferior a cincuenta electores, si el CRE debe estar compuesto de siete miembros; setenta y cinco electores, si el CRE es de once miembros; o cien, si es de quince miembros. Junto a la firma del elector debe figurar su nombre, dos apellidos y dirección actualizada. A los pliegos de firmas se acompañará una fotocopia del pasaporte o del documento nacional de identidad.

La fecha concreta de las elecciones la fijará la Comisión Electoral que designará el jefe de la oficina consular en los siete días siguientes a la finalización del plazo de presentación de candidaturas. Dicha comisión estará presidida por el jefe de la oficina consular y formada por los representantes de las candidaturas, un máximo de cinco miembros de asociaciones o centros españoles de la demarcación consular que cuenten con más de 50 socios y al menos un año de existencia legal (y que no podrán ser miembros de candidaturas ni firmantes en apoyo de alguna de las listas), y un miembro designado por el presidente de la Comisión Electoral que actuará como secretario con voz, pero sin voto.

Según se estable en la Orden del Ministerio de Asuntos Exteriores que regula la constitución, elección y funcionamiento de los Consejos de Residentes Españoles en el Exterior, la jornada de votación deberá realizarse entre el día 30 y el 40 posterior a la presentación de candidaturas, es decir, entre el 28 de abril y el 13 de mayo.

Son elegibles como consejeros del CRE todos los españoles que figuren inscrito en el Padrón de Residentes Españoles en el Extranjero (PERE) correspondiente a cada demarcación consular en el último mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, es decir, a fecha 1 de diciembre de 2025, y que hayan alcanzado la mayoría de edad antes de la fecha de proclamación de candidaturas.

Cuando, habida cuenta de la magnitud y distribución de la comunidad española en la demarcación consular, el jefe de la oficina lo considere conveniente y, en todo caso, cuando en la demarcación consular haya una localidad distinta de la de sede de la oficina en la que resida más de un tercio de los inscritos en el CERA, la circunscripción se dividirá en secciones electorales. En la convocatoria se especificarán las secciones electorales que se establezcan fuera de la ciudad de sede de la oficina consular y las áreas de residencia que correspondan a cada una de ellas. En cualquier caso, las candidaturas y papeletas de votación serán las mismas para toda la circunscripción.

Cabe recordar que, si en el plazo de dos meses desde la convocatoria no se hubiera presentado ninguna lista o que ninguna de las listas presentadas fuera admisible, el jefe de la oficina consular anulará la convocatoria. En ese caso, el jefe de la oficina consular convocará nuevas elecciones transcurrido un plazo de seis meses, es decir, el 15 de julio de 2026.

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