Los catalanes en el exterior ya pueden descargar las papeletas para votar en los comicios autonómicos del 12 de mayo

El plazo para el envío del voto por correo finaliza el próximo 7 de mayo y las jornadas de depósito del sufragio en los centros habilitados serán del 4 al 9 de mayo

elecciones catalanas 2024
Página web para descargar las papeletas.

Los catalanes residentes en el exterior reciben en la dirección que consta en su inscripción en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) un primer envío de la Oficina del Censo Electoral que está compuesto por el sobre de votación, dos certificados idénticos de estar inscrito en el CERA, un sobre con la dirección de la junta electoral que le corresponda y otro sobre con la dirección de la oficina consular en la que esté inscrito. Además, se incluye una hoja informativa sobre los pasos a seguir, la dirección de la página web oficial en la que se expondrán las candidaturas definitivas y estarán disponibles las papeletas descargables, y una relación de los centros habilitados para el depósito del voto en urna en la demarcación consular del elector. Este envío se realizó entre el 6 y el 12 de abril.

Posteriormente, entre el 17 y el 21 de abril, la OCE realizó otro envío con las papeletas oficiales y en este caso no hubo impugnaciones de candidaturas.

Las papeletas descargables ya están disponibles en este enlace.

Una vez que el elector tiene en su poder toda la documentación debe introducir en el sobre dirigido a la junta electoral de la circunscripción electoral (provincia) el sobre de votación con la papeleta elegida; uno de los certificados de inscripción en el CERA –en cuyo reverso debe firmar el elector y escribir su número de pasaporte o DNI–; y una fotocopia de alguno de los siguientes documentos identificativos: pasaporte, DNI, certificado de nacionalidad o certificado de inscripción en el Registro de Matrícula Consular.

Preparado este sobre, el elector tiene dos opciones. Por un lado, puede enviarlo por correo postal, que tendrá que ser correo certificado cuando sea posible –según indica la Loreg–. Para ello tendrá que introducir el sobre dirigido a la junta electoral provincial dentro del sobre dirigido a la oficina consular e incluirá el otro certificado de inscripción en el CERA. El plazo para el envío del voto por correo ya está abierto y finaliza el próximo 7 de mayo.

Cabe recordar que el votante nunca debe enviar este sobre a la junta electoral directamente, sino que debe enviarse, como decíamos, dentro del sobre dirigido a la oficina consular. Los sobres que lleguen directamente a las juntas electorales sin pasar por el consulado no serán escrutados.

La otra opción es depositar el sobre dirigido a la junta electoral correspondiente en las urnas instaladas en los centros habilitados de votación. Estos centros estarán abiertos del 4 al 9 de mayo, ambos incluidos, en horario de mañana y tarde.

El elector, antes de introducir el sobre en la urna, deberá acreditar su identidad ante un funcionario consular mediante el pasaporte, o el DNI, o la certificación de nacionalidad o la certificación de inscripción en el Registro de Matrícula Consular. Luego deberá enseñar el certificado de inscripción en el CERA restante al funcionario y entregárselo. A continuación, el funcionario consular firmará en el reverso del sobre dirigido a la junta electoral del territorio histórico y estampará en él el sello de la oficina consular. Por último, el elector introduce el sobre en la urna.

Cabe recordar que en los centros habilitados de votación se facilitará toda la documentación (certificados censales y papeletas, e incluso en algunos sitios otros documentos como certificados de nacionalidad o de inscripción en el Registro de Matrícula) a quienes no los hayan recibido por lo que lo recomendable es que todas aquellas personas que quieran votar y no hayan recibido la documentación se acerquen a los centros habilitados de votación.

Otras situaciones

Los catalanes residentes en el exterior que se encuentren temporalmente en España podrán solicitar el voto por correo por internet en la página web de Correos y también presencialmente en cualquiera de sus oficinas hasta el 2 de mayo. Entre el 22 de abril y el 5 de mayo se les enviará la documentación a su domicilio en España por correo certificado. Recibida la documentación, tendrán que enviar el voto por correo certificado a la junta electoral provincial no más tarde del 9 de mayo.

Los catalanes residentes en Cataluña que se encuentren temporalmente en el extranjero tendrían que haberse inscrito personalmente en el Registro de Matrícula Consular de la oficina consular y solicitar la documentación no más tarde del pasado 13 de abril. A quienes lo hayan hecho, la OCE les envió la documentación al domicilio en el extranjero indicado entre el 16 de marzo y el 22 de abril por correo certificado.

Recibida la documentación, estos electores deben enviar su voto a la mesa electoral, por correo certificado, no más tarde del 9 de mayo.

El escrutinio del voto de los catalanes residentes en el extranjero y de los residentes en el extranjero que se encuentren temporalmente en España se realizará el 18 de mayo.

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