Los 44.433 electores aragoneses residentes en el exterior ya pueden descargar de forma telemática las papeletas para votar. El Gobierno de Aragón ha habilitado una página web desde la que se pueden imprimir las papeletas de las circunscripciones de Huesca, Teruel y Zaragoza para que puedan ejercer su derecho al voto en las elecciones autonómicas del próximo 8 de febrero, ya sea por correo o depositando el voto en las urnas habilitadas en los consulados. Estas papeletas también estarán disponibles en las oficinas consulares durante las jornadas de depósito del voto en urna.
Cabe recordar que los inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) –29.608 por Zaragoza, 9.194 por Huesca y 5.631 por Teruel– pueden enviar el sobre del voto por correo postal a la oficina consular que les corresponda no más tarde del próximo 3 de febrero.
El proceso es el siguiente. Una vez que el elector disponga de toda la documentación, incluidas las papeletas, debe introducir en el sobre de votación la papeleta elegida. En el sobre dirigido a la Junta Electoral correspondiente debe introducir el sobre con la papeleta y uno de los certificados de inscripción en el CERA. Si va a votar por correo, dicho certificado debe ir firmado en el reverso y escrito el número de DNI o del pasaporte. También si el voto se realiza por correo debe introducir, además, uno de los siguientes documentos: fotocopia del DNI, fotocopia del pasaporte, certificado de nacionalidad o certificado de inscripción en el Registro de Matrícula Consular.
Por último, el elector debe introducir el sobre dirigido a la Junta Electoral en el sobre dirigido a la oficina consular y también el otro certificado de inscripción en el censo. Una vez cerrado el sobre debe escribir su nombre, apellidos y dirección en el remite y debe enviarlo personalmente por correo postal. Si reside en Argentina, Cuba, República Dominicana, Uruguay, Colombia, Francia, Venezuela, Chile, Perú o Suiza, deberá hacer un envío certificado. Si vive en Alemania, México, Suecia, Bélgica, Países Bajos o Irlanda, puede realizar un envío ordinario. En estos países el envío no necesita franqueo y si en el resto de los países.
Es importante recordar que el votante no debe remitir directamente a España el sobre dirigido a la Junta Electoral ya que será considerado nulo.
El depósito del voto en urna en los centros habilitados, en este caso las oficinas consulares de carrera, deberá realizarse del 31 de enero al 5 de febrero. La relación de dichos centros aparece en la documentación enviada por la Oficina del Censo Electoral.
En este caso, el votante deberá acreditar su identidad ante el funcionario consular mediante alguno de los siguientes documentos: DNI, pasaporte, certificado de nacionalidad española o certificado de inscripción en el Registro de Matrícula Consular. Luego, deberá entregar al funcionario consular el otro certificado de inscripción en el CERA y el sobre dirigido a la Junta Electoral correspondiente para que dicho funcionario firme en el reverso del sobre y estampe el sello de la oficina consular en el que conste la fecha de depósito. Una vez que le devuelva el sobre firmado y sellado, el votante podrá introducirlo en la urna.
Residentes en Aragón que estén en el extranjero
Los residentes en Aragón que se encuentren en el extranjero hasta el día de votación tendrían que haberse inscrito en el Registro de Matrícula Consular como no residentes y haber solicitado la documentación para votar no más tarde del pasado 10 de enero. Entre el 13 y el 19 de enero se les envió la documentación a su domicilio en el extranjero. Una vez recibida, los electores deben enviar su voto a la mesa electoral correspondiente, por correo certificado, no más tarde del 4 de febrero.
En este caso, los electores recibirán las papeletas y un sobre de votación, un certificado de inscripción en el censo que incluye un apartado de solicitud de reintegro del importe de franqueo. En el sobre dirigido a la mesa electoral deberán introducir el sobre con el voto, el certificado censal y la solicitud de reintegro. En ese sobre deben escribir en el remite su nombre, apellidos y dirección y enviarlo por correo certificado. Es indispensable que en dicho sobre conste un matasellos u otra inscripción oficial con la fecha para verificar el cumplimiento del plazo.
El escrutinio de los votos enviados por los aragoneses residentes en el extranjero se realizará el viernes 13 de febrero.
Los aragoneses que viven en el extranjero y se encuentren temporalmente en España pueden solicitar el voto por correo hasta el próximo 29 de enero a través de internet o en cualquier oficina de Correos.
La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, remitirá al elector, entre el 19 de enero y el 1 de febrero de 2026, por correo certificado, la documentación necesaria para que pueda emitir su voto, una vez que disponga de las papeletas de todos los partidos que se presentan en su circunscripción.
Recibida la documentación, estos electores deben enviar su voto a la Junta Electoral correspondiente, por correo certificado, no más tarde del día 4 de febrero de 2026.
Cabe recordar que las papeletas descargables solo podrán ser utilizadas por los electores aragoneses residentes en el extranjero.





