Los 302.070 electores andaluces residentes en el exterior llamados a votar en las elecciones autonómicas del próximo 17 de mayo ya pueden descargar las papeletas de la correspondiente circunscripción en la página web habilitada por la Junta de Andalucía. Estas papeletas también estarán disponibles en las oficinas consulares durante las jornadas de depósito del voto en urna que serán del 9 al 14 de mayo. Además, la Oficina del Censo Electoral (OCE) realizó de oficio el segundo envío de la documentación para votar, que incluye dichas papeletas, entre el 22 y el 26 de abril.
Los andaluces residentes en el exterior inscritos en las listas de votación definitivas ascienden a 302.070, según los datos publicados por la OCE una vez finalizado el periodo de reclamaciones al censo. Se recibieron un total de 168 de las cuales fueros estimadas 139 que produjeron 76 altas, 3 bajas y 63 modificaciones. Hubo 29 que fueron desestimadas. Por provincias, el número definitivo de electores es el siguiente: 70.778 por Málaga, 59.537 por Granada, 50.833 por Almería, 42.569 por Sevilla, 34.237 por Cádiz, 20.462 por Córdoba, 14.581 por Jaén y 9.073 por Huelva.
Todos ellos pueden enviar el sobre del voto por correo postal a la oficina consular que les corresponda no más tarde del próximo 12 de mayo.
El proceso es el siguiente. Una vez que el elector disponga de toda la documentación, incluidas las papeletas, debe introducir en el sobre de votación la papeleta elegida. En el sobre dirigido a la Junta Electoral correspondiente debe introducir el sobre con la papeleta y uno de los certificados de inscripción en el CERA. Si va a votar por correo, dicho certificado debe ir firmado en el reverso y escrito el número de DNI o del pasaporte. También si el voto se realiza por correo debe introducir, además, uno de los siguientes documentos: fotocopia del DNI, fotocopia del pasaporte, certificado de nacionalidad o certificado de inscripción en el Registro de Matrícula Consular.
Por último, el elector debe introducir el sobre dirigido a la Junta Electoral en el sobre dirigido a la oficina consular y también el otro certificado de inscripción en el censo. Una vez cerrado el sobre debe escribir su nombre, apellidos y dirección en el remite y debe enviarlo personalmente por correo postal. Si reside en Argentina, Cuba, República Dominicana, Uruguay, Colombia, Francia, Venezuela, Chile, Perú o Suiza, deberá hacer un envío certificado. Si vive en Alemania, México, Suecia, Bélgica, Países Bajos o Irlanda, puede realizar un envío ordinario. En estos países el envío no necesita franqueo y si en el resto de los países.
Es importante recordar que el votante no debe remitir directamente a España el sobre dirigido a la Junta Electoral ya que será considerado nulo.
El depósito del voto en urna en los centros habilitados, en este caso las oficinas consulares de carrera, deberá realizarse del 9 al 14 de mayo. La relación de dichos centros aparece en la documentación enviada por la Oficina del Censo Electoral.
En este caso, el votante deberá acreditar su identidad ante el funcionario consular mediante alguno de los siguientes documentos: DNI, pasaporte, certificado de nacionalidad española o certificado de inscripción en el Registro de Matrícula Consular. Luego, deberá entregar al funcionario consular el otro certificado de inscripción en el CERA y el sobre dirigido a la Junta Electoral correspondiente para que dicho funcionario firme en el reverso del sobre y estampe el sello de la oficina consular en el que conste la fecha de depósito. Una vez que le devuelva el sobre firmado y sellado, el votante podrá introducirlo en la urna.
Cabe recordar que las papeletas descargables solo podrán ser utilizadas por los electores andaluces residentes en el extranjero.
Residentes en el extranjero que estén en España
Los andaluces que viven en el extranjero y se encuentren temporalmente en España pueden solicitar el voto por correo hasta el próximo 7 de mayo a través de internet o en cualquier oficina de Correos.
La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral remitirá al elector entre el 27 de abril y el 10 de mayo, por correo certificado, la documentación necesaria para que pueda emitir su voto, una vez que disponga de las papeletas de todos los partidos que se presentan en su circunscripción.
Recibida la documentación, estos electores deben enviar su voto a la Junta Electoral correspondiente, por correo certificado, no más tarde del día 13 de mayo de 2026.
Residentes en Andalucía que estén en el extranjero
Los residentes en Andalucía que se encuentren en el extranjero hasta el día de votación tendrían que haberse inscrito en el Registro de Matrícula Consular como no residentes y haber solicitado la documentación para votar no más tarde del pasado 18 de abril. Entre el 21 y el 27 de abril se les envía la documentación a su domicilio en el extranjero. Una vez recibida, los electores deben enviar su voto a la mesa electoral correspondiente, por correo certificado, no más tarde del 13 de mayo.
En este caso, los electores recibirán las papeletas y un sobre de votación, un certificado de inscripción en el censo que incluye un apartado de solicitud de reintegro del importe de franqueo. En el sobre dirigido a la mesa electoral deberán introducir el sobre con el voto, el certificado censal y la solicitud de reintegro. En ese sobre deben escribir en el remite su nombre, apellidos y dirección y enviarlo por correo certificado. Es indispensable que en dicho sobre conste un matasellos u otra inscripción oficial con la fecha para verificar el cumplimiento del plazo.
El escrutinio de los votos enviados por los andaluces residentes en el extranjero se realizará el viernes 22 de mayo y deberá terminar no más tarde del lunes 25 de mayo.






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